domingo, mayo 15, 2011

¿Y los DD.HH. de los supervivientes del terrorismo?

Por Ricardo V. Lago *

LIMA - Hay una corriente que adopta una interpretación estrecha, e interesada, de los Derechos Humanos (DD.HH.), que consiste en juzgar el respeto y la observancia de los DD.HH. exclusivamente en lo que atañe a las relaciones y la acción del Estado con los ciudadanos. Interpretación que, a mi juicio, es indebidamente restrictiva y errónea. Indudablemente, el Estado tiene que cumplir con sus obligaciones de DD.HH. frente al ciudadano.

Sin embargo, la obligación del Estado abarca mucho más; en concreto, tiene que hacer respetar los DD.HH. de cada individuo frente a los posibles abusos y violaciones perpetrados por otros ciudadanos. Es decir, el Estado tiene que garantizar razonablemente que un(os) ciudadano(s) no viole(n) los DD.HH. de otro(s).

Supongamos por un momento que en el Perú del Sendero Luminoso y MRTA, en los ochenta y los noventa, el Estado hubiera cumplido con todas sus obligaciones de DD.HH. en sus relaciones y acción directas con cada individuo. Supuesto, sin duda, no sólo heroico sino completamente falso, ayer y hoy.

Preguntémonos ¿cuántos artículos de los treinta de la Declaración Universal de los DD.HH. eran de facto puro ornamento por la perfecta incapacidad del Estado para impedir las violaciones que perpetraban los terroristas contra ciudadanos pacíficos? ¿En qué medida mejoraron los Derechos Humanos de la población pacífica cuando el Estado consiguió asestar un golpe mortal a Sendero y el MRTA? ¿Recuerdan el Perú del coche bomba en Tarata en el 92 y los 120 días de cautiverio de setenta y dos rehenes en la Embajada de Japón en el 96? ¿Y la operación de rescate Chavín de Huántar?Saco a colación este tema porque el lunes me reuní con Ruth Ballón, hija de quien en vida fue mi amigo David Ballón Vera.

David fue secuestrado en 1992 por el MRTA y asesinado a sangre fría en 1993, incluso a pesar de que se había pagado el rescate. Los terroristas dejaron su cuerpo sin vida tirado en una calle de arrabal limeño como si fuera un perro. Pesaba 40 Kilos por la desnutrición y tortura, hasta el punto de que fue difícil para la familia reconocer el cadáver.

David acababa de cumplir 60 años. Resulta ahora que, según me informa Ruth, el criminal Néstor Cerpa Cartolini, que ordenó el secuestro y asesinato de su padre, es un personaje venerado por el gobierno venezolano, dando nombre a un barrio en Caracas y a una organización chavista.

Ruth me dio una explicación detallada sobre el insuficiente interés y atención en el Perú a las víctimas del terrorismo, en relación a otros países. En concreto, estableció comparaciones con los derechos de las Asociaciones de Víctimas del Terrorismo de Italia (donde conoció a su lideresa, la hija del premier democristiano italiano Aldo Moro, asesinado en los setenta), de Francia y de España.

Hizo excepción Ruth de dos políticos peruanos que, en su opinión, siempre se han interesado por las víctimas, el candidato a vicepresidente por Fuerza 2011, Rafael Rey, y al vicepresidente Luis Giampietri. Se queja Ruth de que las numerosas ONGs "pro-Derechos Humanos" que hay en Perú -financiadas por fundaciones y cooperación oficial sobre todo de países europeos- en realidad se preocupan mucho porque se respeten los de los terroristas y poco por las víctimas y familiares.

Lanzo desde aquí un llamado a los financistas de las ONGs para que se reúnan con las víctimas del terrorismo y sus familiares y escuchen sus quejas.

(*) Economista y profesor español. Ha ejercido como Jefe de los Economistas del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (1993-2003), alto funcionario del Banco Inter-Americano de Desarrollo (1991-1993), del Banco Mundial (1985-1991), así como Director de Política Económica de la Secretaria de Hacienda de México (1982-85). Entre 1987 y 1993 estuvo a cargo del despacho de Perú en el Banco Mundial .

lunes, noviembre 29, 2010

Vision, Mision y Funciones del Ministerio de Justicia


Conforme a sus normas de organización y funciones, el Ministerio de Justicia tiene por finalidad velar por la vigencia del imperio de la Ley, el derecho y la justicia, correspondiendole - entre otras - promover una eficiente y pronta administración de justicia, fortalecer el Estado Constitucional de Derecho y el acceso a la justicia; reforzar las coordinaciones con los organismos vinculados a la administración de justicia, a fin que la información juridico-legal y mecanismos de
acceso a la justicia esten al alcance de todos.

FUNCIONES Y ESTRUCTURA

La Ley Orgánica del Sector Justicia Decreto, Ley N° 25993 en su Artículo 6 establece las funciones Ministerio de Justicia:

a) Asesorar permanentemente en materia legal al Consejo de Ministros.
b) Brindar asesoramiento legal al Poder Ejecutivo;
c) Formular las políticas, normas, planes y programas de alcance nacional del Sector Justicia, así como supervisar y evaluar su cumplimiento;
d) Constituir el nexo del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial, el Ministerio Público y otras entidades, promoviendo permanentemente una pronta y eficaz administración de justicia;
e) Coordinar la relación y colaboración del Poder Ejecutivo con la Iglesia Católica así como con otras confesiones, cuando el Estado establezca formas de colaboración con ellas;
f) Formular, supervisar y evaluar en coordinación con los Gobiernos Regionales las políticas registrales; g) Estudiar y proponer la dación y reforma de la legislación y Códigos;
h) Sistematizar la legislación e información Jurídica de carácter general y promover su estudio y difusión así como ejecutar o coordinar su edición oficial."
i) Centralizar, coordinar, asesorar y promover la tutela y vigencia de los Derechos Humanos;
j) Coordinar y evaluar la defensa judicial de los intereses y derechos del Estado;
k) Normar, supervisar y evaluar la función notarial;
l) Normar, controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento de las fundaciones;
ll) Formular, dirigir, supervisar, controlar y evaluar la política referente al sistema penitenciario y los distintos regímenes de tratamiento, y coordinar con el Ministerio del Interior las medidas de seguridad externa en los establecimientos penitenciarios, asegurando una adecuada administración y seguridad integral;
m) Formular, dirigir, supervisar, controlar y evaluar el cumplimiento de la política archivística;
n) Realizar las demás funciones que se le encomiende.

FUNCIONES DEL MINISTRO DE JUSTICIA

El Ministro de Justicia aprueba, dirige, supervisa y evalúa el cumplimiento de la política nacional del sector, en armonía con la política general del Estado y los planes de Gobierno. También coordina con los demás ministerios y entidades de la Administración Pública las actividades vinculadas al ámbito de su competencia. Se encarga de los centros de reclusión del país y de las relaciones del Estado con la Iglesia Católica en el Perú. Asimismo, tiene como finalidad concretar y suscribir los acuerdos en materia de justicia, derechos humanos, cooperación económica y social y otra materia de su competencia.

Es el encargado de nombrar al Director del INPE o conducir algún proceso judicial de magnitud internacional. Un ejemplo de un proceso judicial es la extradición de Alberto Fujimori desde Chile.

Anteriormente denominado Ministro de Justicia y Culto, era también encargado de las relaciones con las iglesias y confesiones religiosas, en especial con la Iglesia Católica.

ACCIONES

El Ministerio de Justicia contribuye con la Sociedad y las Instituciones Públicas a través de:

1.- La Protección de la Defensa de los Derechos Humanos
2.- El Acceso a la Justicia
3.- La Seguridad Jurídica
4.- La contribución con la Sociedad y las Instituciones Públicas
5.- La Defensa de los intereses del Estado
6.- La Lucha contra la Corrupción

OBJETIVOS INSTITUCIONALES DE CORTO PLAZO

OBJETIVO GENERAL 1
Fortalecer el estado de derecho, el ordenamiento jurídico y el acceso a la justicia principalmente de la población de escasos recursos económicos.

Objetivo Parcial 1.1
Reforzar el marco legal que regula la defensa de los intereses del Estado, los mecanismos de supervisión de los servicios jurídico-legales a cargo de la institución y mejorar los canales de coordinación que permita la permanente capacitación de los operadores y que éstos desarrollen sus labores en ambientes apropiados y con la tecnología adecuada.

Objetivo Específico 1.1.1
Fortalecer el accionar y supervisión de la defensa judicial del Estado y coadyuvar en la prevención y lucha frontal contra la corrupción a nivel nacional, para tomar las medidas pertinentes.

Objetivo Específico 1.1.2
Potenciar los mecanismos de coordinación y seguimiento de los servicios jurídico legales que se brindan, así como los canales de coordinación a nivel nacional e internacional.

MISIÓN

Emitir opiniones legales solicitadas por las entidades de la Administración Pública y coordinar, para mantener la coherencia del ordenamiento jurídico, con las Asesorías Jurídicas y Legales del Sector Público a través de reuniones de asesores jurídicos en Lima y Provincias.

VISIÓN

Ser un Ministerio reconocido por su liderazgo como asesor jurídico y legal del Poder Ejecutivo.

sábado, noviembre 27, 2010

Decreto Legislativo N° 957: Nuevo Codigo Procesal Penal

La aplicación del Nuevo Código Procesal Penal de 2004 se viene aplicando sistemáticamente en nuestro país, por ello urge a jueces, fiscales, abogados y estudiantes familiarizarnos más con este ambicioso documento que promete ser más dinámico para los operadores jurídicos y que estamos seguros traerá un beneficio social a nuestra nación que por muchos años ha visto enquistados sus procesos en formalismos dilatorios que no ayudaban en nada para tener resultados que dejen satisfechas a las partes.

Desde derechoperuano.blogspot.com daremos una difusión masiva y sostenida a este Nuevo Código Procesal y al modelo que propone, pues creemos que poniendo todos nuestro "granito de arena" haremos que su implementación en el Perú sea exitosa.

En próximas ediciones daremos alcances básicos para aquellos que están formándose en la carrera que esperamos sea de gran ayuda.

Richard Ruiz

jueves, noviembre 11, 2010

Poder Judicial, vision y mision


El Poder Judicial del Perú es un organismo de la República del Perú constituido por una organización jerárquica de instituciones, que ejercen la potestad de administrar justicia, que emana del pueblo. Su instalación se dio en 1825.

ÓRGANOS
  • Cortes superiores
  • Juzgados de primera instancia
  • Juzgados de paz
Está encabezado por el Presidente Javier Villa Stein y por la Corte Suprema de la República que tiene competencia en todo el territorio. El segundo nivel jerárquico lo forman las Cortes Superiores con competencia en todo un Distrito Judicial. El tercer nivel es formado por los Juzgados de Primera Instancia cuya competencia es, aproximadamente, provincial. Finalmente, se encuentran los Juzgados de Paz, con competencia distrital.

El anterior presidente del Poder Judicial fue Francisco Artemio Távara Córdoba.

VISIÓN

Institución autónoma con vocación de servicio; que enfrente los desafíos del futuro con magistrados comprometidos con el proceso de cambio, transformación y modernidad; que se traduzca en seguridad jurídica e inspire plena confianza en la ciudadanía, contando para ello con un adecuado soporte administrativo y tecnológico.

MISIÓN

"Administrar Justicia a través de sus órganos jurisdiccionales, con arreglo a la Constitución y a las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional, para contribuir al estado de derecho, al mantenimiento de la paz social y al desarrollo nacional".

Para el cabal cumplimiento de esta misión es necesario dotar al Poder Judicial de los siguientes elementos: Magistrados respetados, probos, capaces, éticos y justos y, además, actualizados en su calificación jurídica.

Crear nuevos sistemas de gestión y modernización para contar con despachos judiciales modernos, con infraestructura adecuada y sistemas de información actualizados.

Proporcionar a los magistrados el personal de apoyo jurisdiccional y administrativo capacitado y con vocación de servicio.

Articular una administración con criterio gerencial moderno y descentralizado.

OBJETIVOS
  • Consolidar la autonomía del Poder Judicial y la independencia de los magistrados.
  • Mejorar y ampliar el acceso a la justicia.
  • Modernizar la administración de justicia.
  • Alcanzar una alta calidad de justicia y optimizar el servicio al ciudadano
Estrategias:

Priorizar:
  • El acceso a la justicia
  • La confianza en el sistema judicial
  • Racionalizar la inversión de los recursos a utilizarse en el proceso.

Modernizar la estructura del Poder Judicial con las siguientes acciones:
  • Romper con los paradigmas tradicionales
  • Orientar la institución al servicio del ciudadano
  • Buscar el equilibrio entre la oferta y la demanda de los servicios judiciales.

Promover el incremento de la productividad a través de:
  • La sistematización de los procesos y procedimientos
  • La racionalización de los recursos humanos
  • La permanente capacitación y evaluación.

Fuentes:
Wikipedia.org
Web Poder Judicial