Según un reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC), los docentes que estén incursos en un proceso penal por delito doloso, no podrán acceder a la nueva ley de Carrera Pública Magisterial (CPM). El fallo fue dado a conocer en el diario oficial El Peruano.
Para el viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, esta sentencia del TC ratifica la voluntad de castigo para los docentes que cometieron maltrato físico, psicológico u hostigamiento sexual en agravio de sus alumnos.
Separados de las aulas
Asimismo, Díaz Chávez sostuvo que desde el inicio de la gestión del Ministerio de Educación ha trabajado para retirar de las aulas a los docentes que hayan incurrido en alguno de los delitos antes citados. “Desde el primer día de nuestra gestión pusimos una especial preocupación por cuidar la integridad física y emocional de nuestros niños y niñas”, afirmó el viceministro.
Recordó también que en dicho fallo el Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que se interpuso sobre varios artículos de la nueva ley de Carrera Pública Magisterial. Según explicó el funcionario, porque el TC considera que con esta medida no se vulnera el derecho de todo ciudadano a la presunción de inocencia.
Pero, precisamente para evitar casos de abusos y maltratos dentro de los centros educativos, Díaz Chávez hizo un llamado a los padres y a los mismos alumnos a estar alertas ante cualquier acto irregular y a no permitir este tipo de acciones inadecuadas.
Si desean realizar alguna denuncia, dijo, pueden hacerlo de manera totalmente anónima llamando al número 0800 13687. Ahí serán atendidos por un funcionario de la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos (CADER).
Están identificados
Por otra parte, añadió que existe en el portal web del Ministerio de Educación un listado con las identidades de maestros que fueron retirados del magisterio por actos de abuso y maltrato a sus alumnos. Esta información está al alcance de quien desee revisarla en la dirección web.
Descarga la lista (relación) de docentes sentenciados aquí:
http://www.minedu.gob.pe/DeInteres/xtras/docentes_sentenciados2.pdf.
Precisión
Huelgas. El TC declaró también infundada la demanda contra el artículo primero de la ley que declara la Educación Básica Regular como un servicio esencial en el Perú. Esto quiere decir, entre otros puntos, que cuando los docentes quieran ejercer su derecho a huelga deberán garantizar que los alumnos sigan recibiendo debidamente sus clases.Redacción La República.
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