sábado, septiembre 06, 2008

EE.UU. ejecuto a 1.115 reos desde 1976

Washington (EFE).- La pena de muerte, criticada por organismos de defensa de los derechos humanos nacionales e internacionales, se ha cobrado la vida en Estados Unidos de 1.115 convictos desde que fue restablecida en 1976.

La primera ejecución judicial de la que se tiene noticia en EE.UU. fue la del capitán George Kendall, ajusticiado por los británicos en 1608 acusado de espionaje.

En 1968 se produjo una moratoria de diez años para su aplicación y en 1972 el Tribunal Supremo decidió por cinco votos contra cuatro, que la forma arbitraria en que se aplicaba constituía una violación de la Constitución.

Sin embargo, en 1976 el mismo tribunal restableció la pena capital al dictaminar por siete votos contra dos su constitucionalidad en caso de homicidio. Desde ese año y hasta mayo de 2008 han sido ejecutados 1.115 presos.

La ejecución más reciente fue el 31 de julio en el estado de Texas, donde murió por inyección letal Larry Donnell Davis, de 40 años, acusado de planear y participar en un asalto que terminó con la muerte a puñaladas de un hombre hace 13 años.

La pena de muerte está en vigor en 36 de los 50 estados de la Unión. No se aplica en Alaska, Dakota del Norte, Hawai, Iowa, Maine, Massachusetts, Michigan, Minesota, Nueva Jersey, Nueva York, Rhode Island, Virginia Occidental, Vermont, Wisconsin y el Distrito de Columbia.

El método más habitual para llevar a cabo las ejecuciones es la inyección letal.

Nebraska era el único estado donde todavía se usaba la silla eléctrica para ajusticiar a los reos, pero el pasado mes de febrero el Tribunal Supremo prohibió su uso por considerar ese método anticonstitucional.

Tras una moratoria que duraba desde 1963, el Gobierno Federal se sumó en junio de 2001 a los países en la aplicación de la pena capital, con las ejecuciones del terrorista Timothy McVeigh y del narcotraficante Raúl Garza.

Los siguientes fueron los principales acontecimientos vinculados a la pena de muerte desde que fuera restablecida en EE.UU. en 1976.

1977: Un pelotón de fusilamiento en Utah ejecuta a Gary Gilmore poniendo fin a una moratoria de 10 años. Oklahoma se convierte en el primer estado que adopta la inyección letal.

1982: Ejecutan a Charles Brooks en Texas y se convierte en el primero que recibe una inyección letal.

1984: Velma Barfield, en Carolina del Norte, es la primera mujer ejecutada desde 1976.

1986: El Tribunal Supremo de EE.UU. prohíbe la ejecución de personas consideradas mentalmente incapacitadas.

1994: El presidente Bill Clinton promulga una ley que castiga con la pena de muerte una serie de delitos federales.

1995: La Cámara de Representantes aprueba limitar a un año las apelaciones a sentencias de muerte.

1999: Son ejecutadas 98 personas en EE.UU., el número más alto desde 1951.

2000: Una encuesta muestra que la pena de muerte cuenta con el respaldo de un 66 por ciento de la población, su nivel más bajo de aprobación en 19 años.

2001: Ejecutan a Timothy McVeigh por el atentado perpetrado en 1995 contra un edificio federal en Oklahoma City en el que murieron 168 personas. Ese mismo año es ejecutado Juan Raúl Garza, el segundo desde 1963 por un crimen federal.

2003: El gobernador de Illinois otorga su clemencia a 167 condenados a muerte por considerar que muchas de las condenas en ese estado fueron aplicadas de forma errónea.

2005: Carolina del Norte aplica el castigo a Kenneth Lee Boyd, el ejecutado número 1.000 desde 1976.

2007: El Tribunal Supremo accede en septiembre de ese año a considerar el caso de dos condenados a muerte que alegan que la inyección letal es un método cruel e inhumano. En ese año fueron ejecutados 42 asesinos, el número más bajo desde 1994, cuando el castigo fue aplicado a 31 convictos.

2008: El Supremo dictamina en abril que la inyección letal es un método aceptable constitucionalmente, lo que pone fin a una moratoria en la pena de muerte iniciada en 2007. El asesino Larry Donnell Davis es ejecutado en Texas convirtiéndose en el asesino número 1.115 desde 1976.

domingo, julio 20, 2008

El divorcio rapido va lento en Peru


Anillo de boda
La ley intenta reducir un largo y problemático proceso judicial.
El peruano Ricardo León se divorció en 2007. Tuvo que esperar cuatro años para que la justicia resolviera la demanda de separación por mutuo consentimiento que presentó con su ahora ex esposa.

De haber existido antes la ley de divorcio rápido que se aprobó en Perú su caso se hubiera solucionado en sólo tres meses. "Me hubiera ahorrado dinero, tiempo y mal humor", le dice a una periodista internacional cuando festeja la puesta en marcha de la ley.

La paradoja es que la oferta está en marcha, pero el mercado no funciona de manera eficiente.

Más de 72 horas después de ser legalmente válidos, no hay una sola pareja que haya interpuesto una demanda de divorcio rápido ante los municipios y notarías.

Antes de que la muerte los separe

Desde el 14 de julio el gobierno peruano trasladó del poder judicial a unos 2.000 municipios y más de 500 notarías, la responsabilidad de resolver los casos de divorcio por mutuo acuerdo en un esfuerzo por destrabar la monumental carga de peticiones por diversas causales acumuladas en los pasillos de los juzgados que suman tres millones y medio, y que esperan sentencia desde hace años, según la congresista Rosario Sasieta, promotora de la norma.

Pero en Lima, supuesto reflejo de la modernidad y la eficiencia burocrática, apenas 21 de los 43 municipios de la capital peruana ofrecen el divorcio rápido.

Y pese a los bombos y platillos con que se anunciaron los flamantes servicios, éstos no se pueden aún prestar porque falta de acuerdo sobre las tarifas que se deben cobrar a las parejas.

Tarifas que se supone deberían ser menores a los gastos que uno desembolsa en abogados y papeleos legales varios ligados al tema, y que en promedio tradicionalmente representan al menos un monto no menor a US$300.

¿Dónde están?

Foto familiar rasgada.
Los postulantes tienen que tener resuelta la patria potestad para acogerse.
La lentitud para poner a andar el nuevo sistema explica quizás por qué no es posible ubicar con facilidad a ninguna pareja en estos avatares legales.

Avatares que además están bajo el reflector de la prensa que se lanzó a la caza de la primera pareja, como si se tratase de una nueva especie humana.

Para sorpresa de muchos, la novelería, una pasión tan peruana en un país afecto a consumir lo último de la moda, es la gran ausente del divorcio rápido.

La ministra peruana de Justicia, Rosario Fernández, reaccionó ante esa especie de falta de interés de los municipios y notarías e instó a la población a presionar a sus autoridades locales para que se acrediten ante el ministerio de Justicia para obtener una licencia oficial que les permita brindar el servicio.

Por miles

"Lo único que necesitan las municipalidades es contar con dos requisitos mínimos: un ambiente donde la pareja solicitante lleve a cabo una audiencia y un abogado que pueda visar el tema legal. Con esos requisitos van a poder contar con la acreditación", dijo la ministra para tratar de vencer las aparentes resistencias a sumarse a la tarea.

Ministra de Justicia de Perú, Rosario Fernández (Foto: página de la presidencia de Perú)
La velocidad depende de municipios y notarías, dice la ministra de Justicia.
Las estimaciones oficiales son optimistas: se cree que más de 80.000 parejas se podrían beneficiar en los primeros meses.

Es una cifra geométrica comparada con las cantidad de divorcios registrados en Lima desde 1995. Ese año hubo 1.163 divorcios sobre 28.647 matrimonios frente a los 2.825 divorcios del 2006, año en que se realizaron 29.285 matrimonios.

En el 2005 los divorcios alcanzaron el récord de 3.744 sobre 29.771 matrimonios. No hay cifras de 2007. Tampoco una data confiable de divorcios registrados a nivel nacional.

No todas las parejas pueden beneficiarse de la ley. Sólo si están casados desde hace dos años. Además no deben tener hijos menores o, de tenerlos, contar con un fallo judicial o acta de conciliación sobre regímenes de patria potestad, alimentos y visitas.

"Buena" y "aberrante"

"La ley es buena porque hay economía procesal al reducir las etapas del procedimiento. Desde el punto de vista de las partes que están de acuerdo en obtener el divorcio es un procedimiento que se desarrolla en menor tiempo y eso es un beneficio siempre y cuando se haya resuelto ante la justicia los problemas derivados de los hijos y los bienes", dice Sara Hamann, abogada en derecho familiar en Lima.

Pero no todos aplauden la ley: "Lo malo es que la gente va a divorciarse con mucha facilidad, con lo que se va a ir deteriorando la institución del matrimonio. ¿Cuántas veces se podrá divorciar una persona? Es una aberración, un atentado contra la unidad familiar", opina Javier Chichizola, un economista.

Como era de prever la mayor oposición partió de la Iglesia católica. El ultraconservador cardenal Juan Luis Cipriani acusó a las autoridades de imponer "el divorcio al paso en cada esquina en nombre de la modernidad".

"Es una solución burocrática, que va generar un problema mayor, porque es un aliciente para más divorcios, más rupturas matrimoniales, más sufrimientos y más maltratos a la sociedad", ha repetido ante la prensa Cipriani, también arzobispo de Lima y primer cardenal del Opus Dei en América Latina.

miércoles, julio 16, 2008

Chistes del abogado... jijiji

Un respetable profesor de Derecho le dice a sus alumnos: -Recuerden muchachos, lo mas importante cuando se es abogado es saber que algunos casos se ganan y otros se pierden, pero en todos se cobra.

***
Durante una audiencia en el juzgado se genera una disputa y el fiscal le grita al abogado defensor: Usted es un ladrón. El defensor le contesta al fiscal: Y usted es un vendido. Luego el juez dice: Ya que las partes se han identificado correctamente, sigamos con la audiencia...

***
Un campesino pasa frente a una lápida que dice: "Aquí yace un abogado, un hombre honrado, un hombre íntegro". El campesino se persigna y dice asustado: -Virgen santísima, enterraron a tres hombres en la misma fosa!

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Llega un hombre al infierno y comienza a entrevistarse con Lucifer. Después de una larga sesión el le indica que su castigo es pasar la eternidad con una gorda bien
fea. El hombre indignado .acepta y cuando lo llevan con la gorda se cruza con su abogado, quien está con una hermosa mujer. El hombre le pregunta al diablo: Por qué mi abogado a pesar de haberme robado a mi y a varias personas ahora está con una mujer tan buena y bella? El diablo le contesta: Tu calla y deja de juzgar a esa pobre mujer.

***
Se encontraba Moisés leyendo a su pueblo los mandamientos: Noveno mandamiento: no desear la mujer del prójimo. A lo cual se oye la protesta general del pueblo. Moisés aclara: Eso dice la ley, esperemos a ver qué dice la jurisprudencia.

***
Se encuentran dos amigos y uno le dice al otro:
Me separé de mi esposa -No me digas ! ¿Y cómo lo hicieron? Con un abogado, el nos ayudó a realizar la repartición de los bienes.
- Y tus hijos?
- Muy fácil, decidimos que el que se quedara con más dinero se quedaba con los niños.
- ¿Y quién quedó con ellos? - El abogado....

***
Método del gato para determinar la clase de abogado con el que negocia:
Coloque un gato sobre el escritorio: Si el gato sale corriendo, ese abogado es muy perro. En cambio, si el gato se lanza al abogado, es porque es una rata.

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En qué se parece el Derecho al fútbol? En que todo se hace a patadas y de vez en cuando un cabezazo.

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Cómo se salva la vida de un abogado que se está ahogando en una bañera?... Se le quita el pie de encima.

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¿Por qué los vampiros nunca atacan a los abogados?... Por cortesía profesional.

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¿Cómo se llama a un abogado/a con un coeficiente intelectual de 50?...
Su Señoría.

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-Un grupo terrorista se apodera del Palacio de Justicia. Liberan a todas las personas menos a los 500 abogados que estaban en ese momento en los juzgados y
cámaras de apelaciones.
Exigen 10 millones de dólares y los medios para escaparse a un lugar seguro. De lo contrario comenzarán a soltarlos uno por uno, vivos.

***
- Se encuentran dos abogados y uno le dice al otro: "Vamos a tomar algo?" -"Bueno... de quién?"

***
"Papá, papá? ¿qué es un mercenario?"
- "Es un señor que lucha contra una o más personas, en su país o en el extranjero, sin ideales y solamente por dinero."
- "Ah... como los abogados?"

viernes, julio 04, 2008

Juez la condenan por enganar a su clienten

Bangkok (EFE).- Un tribunal de Bangkok condenó a 11 meses de prisión a una mujer obesa que ejercía la prostitución por engañar a un cliente sobre su físico por Internet e intentar extorsionarle cuando él descubrió cómo era, informaron los medios locales.

La condena, Khemjira Tanpaiboon, de 27 años de edad y con 100 kilos de peso, tendrá que pagar además 8.000 baht (238 dólares,153 euros) de multa.

El cliente, un hombre identificado como "Kittichai", presentó una denuncia ante la Policía el pasado 26 de septiembre, en la que explicaba que la mujer se describía en un anuncio en Internet como una joven de tez blanca y pechos grandes.

Kittichai añadía que cuando acudió a la cita se encontró con una mujer de unos cien kilos, señaló el capitán de policía Natthaphat Kositloet.

El cliente decidió abandonar el lugar, pero la mujer se negó a dejarlo marchar, se apropió de su teléfono móvil y le amenazó con llamar a su esposa si no mantenía una relación sexual con ella.

El hombre fingió convenir la paga y aprovechó un momento de despiste de la prostituta para escapar y acudir a la Policía a presentar la denuncia.

miércoles, junio 25, 2008

India, bodas infantiles en masa

Ash Narain Roy
Ash Narain Roy
Especial para BBC Mundo desde Nueva Delhi

Foto de archivo: Boda de Mina de 8 años con Sukhram, de 22 en Rajastán (1998)
Como todos los meses de mayo, Rajastán fue escenario de cientos de bodas infantiles.

El matrimonio infantil está prohibido por las leyes de India, pero una vez que tiene lugar se considera válido.

Hay muy pocos casos de anulaciones de matrimonios entre niños.

Hace dos semanas, con motivo del festival de "Akshaya Tritiya" o "Akha Teej", se llevaron a cabo cientos de matrimonios de menores de edad en varias partes del estado de Rajastán, al noroeste del país, cerca de la frontera con Pakistán.

Ese día se considera muy auspicioso para los negocios, las compras y sobre todo para los matrimonios, porque se celebra el cumpleaños del dios Visnú, el preservador de la vida en el panteón hindú.

Sin embargo, en Devda, un pueblo del distrito de Jaisalmer, en el mismo estado, no hubo bodas.

Allí ni una sola familia ha organizado el matrimonio de su hija en los últimos diez años, porque casi no hay niñas en el pueblo.

El feticidio e infanticidio femenino se han cebado en Rajastán, principalmente debido a la práctica de la dote.

Los padres consideran que, a diferencia de un hijo, tener una hija les representa sobre todo una carga económica.

Ceremonia

Cada año, para el "Akshaya Tritiya" se organizan cientos de matrimonios de menores.

Por eso, las autoridades, que habían lanzado una campaña intensiva en los medios de comunicación en contra de esta práctica retrógrada, estaban alertas.

Pero en Bah, un pequeño pueblo del distrito de Jodhpur, un novio de ocho años de edad, Likhma, con su colorido turbante, y Genu, la novia de cinco años, ataviada con joyas y vestida de sari rojo, caminaron en torno al fuego sagrado, prometiendo protegerse el uno al otro.

Otros cientos de niños tuvieron el mismo destino.

La ceremonia duró casi toda la noche, mientras las mujeres cantaban y los hombres festejaban.

Dos horas después de que ésta comenzara, Genu se había cansado y había comenzado a llorar.

Estaba exhausta y ya no aguantaba el humo del fuego sagrado. "Quiero dormir, papá, déjame dormir!", le rogaba a su padre.

Así que se le permitió dormir el resto de ceremonia. ¡Al fin y al cabo, ya era una señora!

¿Por qué el matrimonio entre niños?

Hawa Mahal en Jaipaur, Rajastán
La majestuosidad de la arquitectura convive con los peores indicadores sociales.
La mayoría de los matrimonios infantiles tiene lugar en las áreas rurales de distritos de Jaipur, Alwar, Tonk, Sawai Madhopur, Bundi, Kota, Ajmer y Udaipur.

El estado de Rajastán es un importante destino turístico. Tiene grandes palacios y castillos de maharajas, así como ruinas de antiguas fortalezas.

Pero también cuenta con algunos de los peores indicadores sociales: alto analfabetismo, feticidio e infanticidio de niñas, matrimonio infantil, y un alto nivel de violencia dentro y fuera de hogar.

En las aldeas, las niñas son sacadas de la escuela para que realicen su aprendizaje matrimonial, cargando agua, recogiendo forraje para el ganado, haciendo tortas de excremento de animales para combustible y fregando pisos.

Rajastán no sólo es un estado muy pobre, sino también muy tradicional y patriarcal.

Los motivos para apresurar las bodas a tan temprana edad pueden ser varios.

Los trabajadores sociales señalan que los parientes organizan estos matrimonios para abaratar el costo de una boda, al casar a varias hermanas al mismo tiempo.

También, temen no conseguir novios para las hijas si se espera a que crezcan, pero, más que nada, es por la ignorancia y la pobreza.

Un padre joven

Una pareja de recién casados en Varanasi, India
Los efectos negativos se ven tanto en las niñas como en los jóvenes esposos.
Khia Ram Jat, de 15 años, estudiante de octavo grado en una escuela gubernamental del distrito de Barmer, dejó repentinamente de ir a la escuela al principio de este mes.

No pudo soportar más las burlas de sus compañeros porque, a su edad, había tenido un hijo.

Lo casaron cuando tenía sólo 11 años, con una niña de 13.

Curiosamente en este lugar, Barmer, donde se burlaron de un padre tan joven, otro vecino, Bhirma Ram Jat, de 88 años, tuvo un hijo el año pasado.

Él dijo, socarronamente, que la leche de camello lo mantiene joven.

En cambio, el niño Khia Ram no aparece en público, por la vergüenza.

Efectos negativos

Los efectos negativos de los matrimonios infantiles son múltiples.

Jengri, viuda a los 11 años
Jengri
En 2006 el programa Newsnight de la BBC presentó el caso de Jengri, quien enviudó a los 11 años, tres días después de su boda con un alcohólico 20 años mayor que ella. Jengri se convirtió en una de las activistas en India para que la gente tome consciencia sobre los efectos negativos de los matrimonios infantiles.
Las niñas pierden su infancia. Cuando deberían estudiar y jugar, tienen que cargar con la responsabilidad de una familia y, en muchos casos, cuidar a sus hijos.

Según un informe de UNICEF, al 56 % de las niñas en India las casan antes de los 15 años y al 17 % antes de los 10.

Según la más reciente Encuesta Nacional de la Salud Familiar, más del 50 % de las niñas de Rajastán son madres antes de los 19 años.

Al matrimonio infantil se vinculan problemas como el alto índice de natalidad, la pobreza extrema, el analfabetismo, la mortalidad infantil, la desnutrición y la baja expectativa de vida en el campo para las mujeres.

Matrimonios fracasados

Según un informe de la revista India Today, el pueblo de Dabla Kachra, en el distrito de Bhilwara, tiene 181 casos de matrimonios infantiles fracasados.

En algunas ocasiones, los maridos han vendido sus esposas a otros hombres.

Varias mujeres han matado a sus cónyuges por este tráfico humano.

Mohini Giri, ex-presidenta de la Comisión Nacional de Mujeres, dijo que es una tragedia para las niñas y también para el país que éstas "sufran por esta práctica retrógrada, que las casen antes de que tengan la oportunidad de florecer".

La otra tragedia

Rajastán sufre otra tragedia: la escasez de niñas.

Niña de Rajastán, India
La otra tragedia de Rajastán es la escasez de niñas debido al infanticidio.
El pueblo de Deva, donde en los últimos diez años no se ha casado ninguna mujer, tiene 2.000 habitantes y es dominado por los Rajputs, la casta de guerreros.

Sólo hay 12 niñas en 70 familias y ninguna alcanza los diez años de edad.

Sólo una familia tiene más de una hija, como consecuencia del infanticidio de niñas.

Inder Singh y su esposa comenzaron un pequeño cambio en el pueblo.

Literalmente, le regalaron la vida a su hija al nacer.

Sarcasmos

Mientras que muchos en el pueblo mataban a sus hijas, Inder Singh decidió lo contrario.

La pareja había perdido tres hijos y tal vez por eso decidieron quedarse con ella, a pesar de que sufrirían los sarcasmos del pueblo.

La situación ha cambiado, pero muy poco.

Seis años después nació otra niña, que se casará dentro de poco y todo el pueblo espera asistir a la boda.

Ahora otras familias han decidido tener hijas.

Por lo menos en este pueblo hay pocos casos de matrimonio infantil.

Pero si no se toman medidas correctivas, el estado desértico correrá el riesgo de convertirse en un desierto humano. FUENTE: http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/misc/newsid_7409000/7409531.stm

sábado, junio 21, 2008

El Peru y la CONVEMAR

EL PERÚ Y LA CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR

Han transcurrido poco más de 20 años desde que se suscribió la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (CNUDM 1982); que es la verdadera “Constitución de los Océanos”, convirtiéndose en el principal instrumento jurídico arbitral internacional de resolución de conflictos; sobre usos y aprovechamiento del mar y de los recursos marinos. La CNUDM entró en vigencia plena en 1994. Sin embargo a pesar de su universalidad este Convenio carece de la suscripción de los Estados Unidos de América y por supuesto del Perú. La principal objeción de los EEUU. destaca el régimen de los fondos marinos, que declara las riquezas minerales de estos fondos “patrimonio común de la humanidad”. La objeción peruana se basa en un nacionalismo –a mi juicio mal entendido- en el tema de la reivindicación de las 200 millas de mar territorial.

Para efectos de la aplicación de las normas y competencias nacionales e internacionales, el Convenio del Mar, conforme al Derecho consuetudinario Internacional Marítimo, así como elementos de la Declaración sobre Zona Marítima de Santiago, de 1952; de jurisdicción sobre 200 millas marinas del mar adyacente, así como el suelo y subsuelo respectivos, estableció la siguiente zonificación:

1. Aguas internas
2. Mar territorial de doce millas náuticas
3. Zona contigua de hasta doce millas náuticas desde el límite del mar territorial
4. Zona económica exclusiva (ZEE)
5. Plataforma continental que puede extenderse más allá de las doscientas millas, pero no exceder las trescientas cincuenta millas, dependiendo de la configuración del fondo marino
6. La alta mar
7. Los fondos marinos de la alta mar.

En todas estas zonas, los estados tienen diferentes grados de competencia y de responsabilidad, incluyendo en la alta mar, especialmente respecto a la preservación contra la contaminación y el aprovechamiento sustentable de los recursos marinos y costeros.

Otro de los logros de la CNUDM, es que respalda la solución obligatoria de controversias, por medios pacíficos. Por ello, existe un capítulo dedicado a esta materia, en el cual se destacan los procedimientos de conciliación y los judiciales. En general se puede afirmar que no existe disposición alguna en la Convención que pueda generar una controversia y que no pueda ser resuelta por aquella.

Lamentablemente para los asuntos geopolíticos del Perú; principalmente referidos a sus fronteras marinas y ahora de cara a los Tratados de Libre Comercio en especial al manejo del recurso atún; nuestro país no adhiere a aquella.

Es importante resaltar este tema, habida cuenta la necesidad se esclarezcan las fronteras marítimas especialmente con Chile; quien sustenta que el caso es
cerrado.

En el tema de los recursos vivos, como es el caso de la pesquería de atún; cualquier controversia surgida por los Tratados de Libre Comercio, necesariamente tiene que ser resuelta por la Convención del Mar; tal como lo señala la Convención Internacional sobre Diversidad Biológica en su artículo 22 inciso “b”. Es oportuno mencionar que la Convención sobre Diversidad Biológica en su momento ha sido aprobada y ratificada por el Congreso y Gobierno peruano; por lo que implícitamente Perú está adherido a la Convención sobre el Derecho del Mar.

En relación a la delimitación de las fronteras marítimas la Convención usa para
resolver los problemas limítrofes, la Línea Media; que le otorgaría al Perú una porción mayor de mar territorial que la línea paralela usada hasta ahora, recuperando los casi 35000 km2 de su zona económica exclusiva. Sin embargo, el usar la línea media no sería necesariamente aplicable, pues en honor a la verdad es solución equitativa para el Perú, pero inequitativa para Chile; como es inequitativo para el Perú la línea paralela. La Convención del Mar obliga a una solución equitativa a las partes.

Que no quepa la menor duda, la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, tiene mecanismos como el de la línea media y la solución equitativa de la Zona Económica Exclusiva, que hacen factible la solución a diferendos marítimos limítrofes de manera pacífica.

Por tanto es de necesidad imperiosa que Perú se adhiera a la Convención del Mar, de cara a resolver nuestras discrepancias, especialmente con Chile; en un clima de paz y armonía, con desarrollo sustentable para nuestra querida y amada Patria.

Por: Edwin Vegas Gallo
Consejero, Consejo Nacional de la Magistratura

martes, junio 17, 2008

OCMA suspende a dos jueces de paz

Por notificar resoluciones falsas. Magistrados pertenecían a Moyobamba, región San Martín. La OCMA sancionó con abstención a dos jueces de Moyobamba, San Martín, por notificar resoluciones y oficios redactados en computadora cuando en sus despachos solo tienen una máquina de escribir. Este hecho fue descubierto al investigar una denuncia de Azucarera Pucalá. Los jueces de Paz Idelso Huamán Megía, del caserío Ramírez, y Alejandro Noriega Escalante, del poblado La Calzada, ordenaron el cese de la Junta Directiva de Pucalá y le prohibieron vender azúcar. Al visitar los despachos de ambos jueces se vio que estos no tenían computadoras, sino una simple máquina de escribir, y que en sus pueblos no hay energía eléctrica. Según la OCMA, eso prueba que las resoluciones se redactaron en otro lugar. CLAVE Amenazas. Los jueces se excusaron diciendo que amenazaron de muerte a sus familias para que firmen las resoluciones falsas, pero que nunca denunciaron tales circunstancias.

domingo, junio 15, 2008

Festejos masivos de bodas gay

Lourdes Heredia
Lourdes Heredia
BBC Mundo, Washington

Celebración de la reciente legalización de los matrimonios del mimo sexo, West Hollywood, California, Getty Images
En California se espera una estampida de bodas el martes cuando abran los registros civiles.

A partir de este lunes entra en vigor una ley estatal que permite el matrimonio de las parejas gay en California. Se espera una estampida de bodas el martes cuando abran los registros civiles.

En Estados Unidos, sólo Massachussets otorga este derecho a los homosexuales, y en todos los demás estados es imposible casarse. En Nueva Jersey y Vermont existen leyes que garantizan algunos derechos -como herencias y derecho a ingresar al hospital-, a parejas del mismo sexo.

Muchos artistas, incluyendo la presentadora Ellen DeGeneres, han anunciado sus intenciones de contraer matrimonio próximamente con sus compañeros de vida.

Otras parejas han estado preparando su boda con emoción en estas semanas para ser las primeras en ejercer este derecho que lograron el pasado 15 de mayo, cuando la Corte Suprema de California dictaminó, en una sentencia histórica, que es inconstitucional prohibir los matrimonios entre personas del mismo género.

Discriminación

En otras palabras, es discriminatorio permitir solo el matrimonio legal entre un hombre y una mujer. La medida entra en vigor este lunes a las 17:00 (hora local).

Celebración de la reciente legalización de los matrimonios del mimo sexo, West Hollywood, California, Getty Images
El 51% de los californianos están de acuerdo con que los homosexuales tengan el derecho a casarse.

"La comunidad lesbiana y homosexual empieza a ver la luz al final del túnel en el movimiento por nuestros derechos civiles", consideró Jeffrey Prang, el alcalde de West Hollywood.

Así las cosas, a partir de ahora en California, los formularios de matrimonio indican que la unión se contrae entre una "parte A" y una "parte B".

Según un estudio de la Universidad de California en Los Angeles (UCLA), más de 100.000 parejas homosexuales viven en ese estado, que es uno de los más poblados de EE.UU., y la mitad prevé casarse en los próximos tres años.

Pero se anticipa que el número de bodas será mucho mayor porque, a diferencia de Massachusetts, en California se podrán casar residentes de otros estados.

Beneficios

Estas bodas, señala el estudio del UCLA, van a atraer mucho dinero, y va a resultar en la creación de más de 2.100 empleos.

Vitrina exhibe trajes para bodas del mismo sexo, Getty Images
El gobernador Schwarzenegger trató de vetar las propuestas legislativas que permitían estas bodas.

"Los gastos directos de las parejas californianas del mismo sexo para su matrimonio, y aquellas de parejas provenientes de otras partes, así como sus gastos de estadía, beneficiarán la economía del estado".

Los beneficios económicos han logrado incluso doblegar al gobernador Arnold Schwarzenegger, quién siguiendo la línea de su partido, el Republicano, trató de vetar las propuestas legislativas que permitían los enlaces entre homosexuales.

"Le deseo suerte a todo el mundo con sus matrimonios y espero que se revitalice la economía de California porque toda la gente venga aquí a casarse", dijo el ex actor de cine.

Cambios

Pareja gay hablando con un fotógrafo para preparar su boda en California, 10 junio 2008
Muchas parejas gay ya han comenzado a hacer preparativos de boda en California.
En comparación con años anteriores, la opinión pública también ha cambiado y es cada vez más aceptado el matrimonio gay.

Según una encuesta del Instituto Field Poll, publicada a finales de mayo, el 51% de los electores están de acuerdo con que los homosexuales tengan el derecho a casarse, frente al 42% que está en contra.

Los más conservadores, sin embargo, dicen que lucharán contra la medida y están reuniendo firmas para que se haga un referéndum sobre el tema el mismo día de las elecciones presidenciales en EE.UU., el 4 de noviembre.

Los republicanos esperan que este referéndum motive a sus partidarios para salir a votar por John McCain, quién se opone al matrimonio de parejas del mismo sexo.

El demócrata Barack Obama, por su parte, no ha dado un respaldo específico al matrimonio, pero sí apoya abiertamente la unión civil entre parejas gay.

viernes, junio 13, 2008

Derecho a la Defensa y el Debido Proceso

VISION ACTUAL DEL DERECHO A LA DEFENSA Y EL DEBIDO PROCESO

En algunos sectores estatales persiste una visión recortada y anacrónica respecto a las dimensiones y alcances del derecho a la defensa y del debido proceso. Existen funcionarios de diverso nivel en la administración pública que aprecian estos temas como “exclusivos de los jueces” o aplicables únicamente en la vía judicial, visión que se manifiesta en las pocas o nulas facilidades que suelen darse a fin de que los involucrados conozcan anticipadamente los motivos por los cuales una entidad estatal le impone o pretende imponerle una sanción. De manera análoga, existen representantes del Ministerio Público que consideran que, durante las investigaciones preliminares que efectúan previas a la apertura de instrucción, no rige el principio de contradicción, y en consecuencia la omisión a citación al imputado para que presente sus descargos no viola ningún tipo de garantía individual. Entendemos que ello proviene de una desinformación respecto a la evolución de dichas instituciones en el derecho constitucional y positivo de los últimos años, el que trataremos de sintetizar a continuación.

1.- Garantías vinculadas al derecho de defensa y al debido proceso.-

Contemporáneamente la definición del derecho al debido proceso se presenta como una suerte de compilación de garantías individuales, de tipo formal o material, que buscan lograr y preservar un mínimo equilibrio entre el particular y la entidad estatal al entrar en un conflicto. Como anota Quiroga León, se trata de un concepto moderno íntimamente referido a la validez y legitimidad del proceso, mediante el cual se obtienen “..ciertos mínimos procesales que nos permiten asegurar que el proceso como instrumento sirve adecuadamente para su objetivo y finalidad.” (1) Entre estos “mínimos procesales” se encuentra el derecho de defensa, por demás esencial entre los derechos de corte procesal, y cuyo alcance comprende tanto un principio de interdicción de ocasionarse indefensión como un principio de contradicción de los actos procesales que pudieran repercutir en la situación jurídica de algunas de las partes de un proceso o de un tercero con interés. La evolución doctrinaria y normativa al respecto ha venido a establecer un ámbito garantista mínimo en tres niveles: 1) El derecho del inculpado a la comunicación previa y detallada de los cargos que se le imputan, 2) La concesión al imputado del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa. 3) El derecho del inculpado a defenderse personalmente o de ser asistido por un defensor de su elección, así como de comunicarse libre y privadamente con este. -Art. 8.2 del Pacto de San José de Costa Rica, incisos (b),(c) y (d) - Nuestra Constitución Política vigente reconoce como fundamental de toda persona el derecho “…a la legítima defensa” (art. 2.23), y entre los principios y derechos de la función jurisdiccional incluye el principio “… de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso.”

La importancia de la proyección del derecho de defensa como interdicción de indefensión ha sido profusamente expuesta en nuestra jurisprudencia constitucional: “En cuanto derecho fundamental, se proyecta, entre otros, como principio de interdicción en caso de indefensión y como principio de contradicción de los actos procesales que pudieran repercutir en la situación jurídica de alguna de las partes de un proceso o de un tercero con interés.” (Expediente No. 282-2004 –AA/TC, FJ 3.) Asimismo, la misma jurisprudencia constitucional ha remarcado la necesidad de tutelar la facultad de toda persona de “..contar con el tiempo y los medios necesarios para ejercerlo en todo tipo de procesos, incluidos los administrativos, lo cual implica, entre otras cosas, que sea informada con anticipación de las actuaciones iniciadas en su contra”. (Ver: No. 2659-2003 AA/TC, FJ 4; No.00649-2002 AA/, FJ 2)

La interdicción de indefensión implica, como no puede ser de otra forma, el que se le informe con anticipación de las actuaciones iniciadas en su contra, entre otros aspectos procesales. Para ello, una oportuna notificación o previo conocimiento de los aspectos necesarios del proceso que se impulsa en su contra es indispensable. De lo contrario, se genera una lesión en perjuicio del precitado derecho, pues este desconocimiento origina que no pueda efectuar eficazmente los descargos respectivos.

2.- Las dimensiones del derecho de defensa.-

También la jurisprudencia constitucional, en forma nutrida y coherente, ha expuesto que el principio de debido proceso, concebido como el cumplimiento de todas las garantías y normas de orden público, que son de obligada aplicación en todo procedimiento en el que el Estado adoptará decisiones que afectarán intereses individuales, no es exclusivo de la vía judicial. En este sentido, “(...) no solo tiene una dimensión, por así decirlo, “judicial”, sino que se extiende también a sede “administrativa” y, en general, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos lo ha sostenido, a "cualquier órgano del Estado que ejerza funciones de carácter materialmente jurisdiccional (el que) tiene la obligación de adoptar resoluciones apegadas a las garantías del debido proceso legal, en los términos del artículo 8° de la Convención Americana (...)” [Exp. Nº 2050-2002-AA/TC FJ 12] Asimismo, la jurisprudencia constitucional ha declarado que la facultad administrativa disciplinaria “(...) está condicionada, en cuanto a su propia validez, al respeto de la Constitución, de los principios, constitucionales y, en particular, a la observancia de los derechos fundamentales (...),[debiendo] resaltarse la vinculatoriedad de la Administración en la prosecución de procedimientos administrativos disciplinarios, al irrestricto respeto del derecho al debido proceso y, en consecuencia, de los derechos fundamentales procesales y de los principios constitucionales (v.gr. legalidad, razonabilidad, proporcionalidad, interdicción de la arbitrariedad) que lo conforman” [Exp. Nº 1003-1998-AA/TC, FJ 12]. Así, el respeto al debido proceso no solamente se vincula con la necesidad de garantizar a todo justiciable determinadas garantías mínimas cuando este participa en un proceso judicial, sino también con la propia validez de la configuración del proceso, cualquiera que sea la materia que se dirima en su seno. “De esta forma, el debido proceso no solo es un derecho de connotación procesal que se traduce, como antes se ha dicho, en el respeto de determinados atributos, sino también una institución compleja que desborda el ámbito meramente jurisdiccional.” (Expediente Nº 2521-2005-PCH/TC, FJ 5.)

Específicamente en la actividad de la etapa previa a lo judicial, esto es, las investigaciones que efectúa el Ministerio Público previamente a la apertura de Instrucción ante un juez penal, el Tribunal Constitucional ha acotado que el respeto al debido proceso “ no solo tiene que ver con la necesidad de garantizar a todo justiciable determinadas garantías mínimas cuando este participa en un proceso judicial, sino también con la propia validez de la configuración del proceso, cualquiera que sea la materia que en su seno se pueda dirimir, como puede ser la actividad investigatoria que desarrolla el fiscal penal en sede prejurisdiccional. De esta forma, el debido proceso no solo es un derecho de connotación procesal que se traduce, como antes se ha dicho, en el respeto de determinados atributos, sino también una institución compleja que desborda el ámbito meramente jurisdiccional.” (Expediente Nº 2521-2005-PCH/TC, FJ 5.)

Así pues, “…nos encontramos ante un concepto cuyos alcances no solamente se limitan a un escenario jurisdiccional, sino que son alegables tanto en un ámbito administrativo como incluso en relaciones corporativas entre particulares y, además, que no se limita al mero cumplimiento de ciertas pausas sino que está internamente ligado a la consecuencia del valor justicia..”, de acuerdo a lo expuesto por Espinoza-Saldaña. (2)


3.-Mecanismos contra la afectación de este derecho.-

Como bien aprecia Quiroga León, el desarrollo histórico y científico de la teoría general del proceso ha generado que se incluyeran en el texto normativo de la constitución, diversos principios y postulados esencialmente procesales sin los cuales ningún proceso puede entenderse como justo y eficaz. (3) Este, llamémoslo así, proceso de “positivización” del debido proceso se ha extendido a otros niveles legislativos y ha desarrollado inclusive mecanismos de protección o defensa, como vamos a apreciar.

a) En el procedimiento administrativo:

Si revisamos lo dispuesto en la Ley 27444 del procedimiento administrativo general, apreciamos que el artículo IV del Título Preliminar en su numeral (1) incluye entre sus principios rectores el de legalidad, de acuerdo al cual toda autoridad administrativa debe actuar “con respeto a la Constitución, la ley y al derecho”. Asimismo incluye el principio del debido procedimiento, que comprende textualmente “el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho.” Por lo demás, el artículo 10° de esta misma Ley incluye en primer término, entre los vicios del acto administrativo que causan su nulidad de pleno derecho, “la contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias.” En consecuencia, cuando la autoridad administrativa obstaculiza o impide que la otra parte pueda enterarse debidamente de lo actuado, ocasiona su indefensión, lo que en última instancia constituye una trasgresión al derecho a la legítima defensa que la Constitución consagra, y vicia de nulidad el procedimiento. Cualquiera que hubiera sido sancionado dentro de estos “esquemas” se encuentra plenamente facultado para demandar esta nulidad tanto en la misma vía administrativa como en la judicial. Ello sin dejar de lado que, estando reconocido en la Carta Magna el derecho a la legítima defensa, procede ejercitar el proceso constitucional de amparo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 37° inciso 25 y demás concordantes del Código Procesal Constitucional.

b) En las investigaciones del Ministerio Público:

Constitucionalmente corresponde al Ministerio Público promover la acción judicial “en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho.” (Art.159.1) Su Ley Orgánica, dictada mediante Decreto Legislativo No.052 del 18 de marzo de 1981, ordena a los Fiscales Provinciales cautelar el derecho de defensa específicamente en caso de producirse detención policial. No obstante, cabe señalar que el párrafo final de dicho artículo manda asegurar tanto este como otros derechos “según le reconocen la Constitución y las leyes.” la parte final. Por ello, la protección o cautela que debe efectuarse debe ser entendida con un criterio amplio, de acuerdo al desarrollo doctrinario, jurisprudencial y positivo. Es evidente que, aún en las etapas previas al procesal judicial penal, la afectación de la libertad individual se encuentra, por lo menos, latente. En tal sentido, al comprender lo garantizado por el derecho a la defensa no solamente los aspectos del contradictorio judicial, sino también la interdicción de ocasionarse indefensión, como ya se ha mencionado, se incluye tanto lo relacionado a la defensa contradictoria directa o por intermedio de letrado como la comunicación previa de los cargos imputados y la concesión de tiempo y medios adecuados para la preparación de la defensa. Es también evidente que este último aspecto se lesiona al no permitir el descargo correspondiente o impedir que el investigado tome conocimiento de los cargos que le pretende imputar.

En este sentido, comprendiéndose también constitucionalmente entre los principios y garantías de la función jurisdiccional el derecho a la defensa, (Art. 139.14) el artículo 25° inciso 12 del Código Procesal Constitucional establece la defensa por medio de una acción de Habeas Corpus del derecho de “…ser asistido por un abogado defensor libremente elegido desde que se es citado o detenido por la autoridad policial u otra, sin excepción..” (el subrayado es nuestro); tutela que el párrafo final de este mismo artículo amplía aún mas al establecerla “… en defensa de los derechos constitucionales conexos con la libertad individual, especialmente cuando se trata del debido proceso..” Por ello, cualquiera que se haya visto impedido de tomar oportunamente conocimiento de una investigación en su contra iniciada por la presunta comisión de un ilícito, o que se hubiera visto mermado en su capacidad de prestar descargos al ocultársele alguna información relevante, puede accionar mediante esta vía constitucional.


4.- Conclusión.-

Puede decirse que tanto el derecho a la defensa como el debido proceso son instituciones que hace tiempo ya rompieron el parámetro del ámbito estrictamente judicial para proyectarse el todo proceso o procedimiento en el que se involucren intereses contrapuestos entre el individuo y el Estado. Este desarrollo además no solamente se encuentra a nivel doctrinario o jurisprudencial, sino que se ve cada vez más reflejado en la legislación positiva. Por tales motivos, cualquier aplicación que restrinja su ámbito a lo meramente judicial es por decir lo menos, arcaica.

Resulta indispensable entonces que todo funcionario o servidor público comprenda los reales alcances del derecho de defensa y el debido proceso, a fin de no recortar los derechos individuales. El desarrollo de un verdadero Estado Constitucional de Derecho requiere de procedimientos justos y transparentes en toda instancia estatal.

Citas Bibliográficas:
-(1) Quiroga Leon, Anibal. El Debido Proceso Legal en el Perú y el sistema interamericano de protección de derechos humanos. Jurisprudencia; Jurista editores, Lima, Perú, 2003. p. 47.
-(2) Espinosa-Saldaña Barrera, Eloy. Jurisdicción Constitucional. Importación de Justicia y Debido Proceso. Ed. ARA Editores 1ra. Edición Lima-Perú, 2003. p. 416.
- (3) Quiroga, op. cit. p.37 Ricardo Antonio Vereau Montenegro Abogado Registro CAL No. 12899.

viernes, mayo 30, 2008

El 92 años, ella 17

Las autoridades egipcias prohibieron el matrimonio de un anciano de 92 años con una niña de 17, según informó el diario Al-Akhbar.

Foto genérica de las manos de un anciano y un niña, SPL
La ley egipcia limita la diferencia de edad entre los cónyuges a 25 años.

El Ministerio de Justicia invocó una ley que establece que la diferencia de edad entre los cónyuges no debe ser superior a 25 años.

Egipto aprobó la norma que prohíbe el matrimonio de ancianos con niñas, durante el auge petrolero del Golfo Pérsico.

Se trataba de un esfuerzo por evitar que hombres ricos de los estados del Golfo buscaran como esposas a jóvenes pobres de las zonas rurales de Egipto.

No se sabe mucho sobre el anciano que intentó casarse con la joven egipcia, salvo que es un árabe del Golfo.

Excepciones

Un funcionario egipcio dijo que con la negativa de la justicia a aprobar el matrimonio, sería imposible ahora que la niña viaje al extranjero con su marido.

El Cairo, Egipto
La ley egipcia limita la diferencia de edad entre los cónyuges a un máximo de 25 años.

Sin embargo, en casos especiales, el Ministerio de Justicia permite que hombres extranjeros contraigan matrimonio con mujeres egipcias con las que tienen más de 25 años de diferencia.

En casos como éste, el hombre debe depositar una alta suma de dinero en nombre de su esposa, en el Banco Nacional de Egipto.

Tanto el marido como la mujer deben presentarse personalmente ante el ministerio, con el fin de que el organismo pueda comprobar que el enlace es genuino y para intentar prevenir el tráfico de mujeres.

De acuerdo con el periódico al-Akhbar, el año pasado se autorizaron 173 de esos matrimonios, luego de que el esposo extranjero depositara el equivalente a US$8.000, y sus antecedentes fueran investigados. FUENTE: http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/misc/newsid_7453000/7453820.stm

domingo, mayo 18, 2008

Psicopatia Politica, caso Fujimori

Por: Dr. Martín Nizama-Valladolid*

RESUMEN

A 7 años de su derrumbe político, Alberto Fujimori Fujimori (AFF) fue extraditado de Chile el 22 de setiembre del 2007, para ser juzgado por dos casos de violación a los derechos humanos y por cinco casos de corrupción. El megajuicio se inició el 10 de diciembre del 2007.

Según la teoría de la autoría mediata, el haber encabezado la cadena de mando en las acciones antisubversivas lo involucra en la comisión de crímenes de lesa humanidad. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema lo juzga por seis causas divididas en tres megaprocesos penales relacionados a los derechos humanos, corrupción y peculado: 1) Casos la Cantuta-Barrios Altos, el secuestro del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer en los sótanos del Servicio de Inteligencia del Ejército; 2) Caso interceptación telefónica, medios de comunicación y congresistas tránsfugas; y 3) Caso 15 millones de nuevos soles por pago de compensación por tiempo de servicios a Montesinos). El último caso, allanamiento a la casa de Trinidad Becerra, ex-esposa de Montesinos, es tratado por separado, puesto que se trata de un proceso sumario. Empero, AFF no actuó solo. Su accionar delictivo fue orquestado en la sombra con aquellos miembros de su cúpula que se coludieron con él y procedieron con estilo mafioso.

Seguidamente, se presenta una sistematización de la trama psicopatológica de este intricado asunto político, el mismo que configura un síndrome psicopático, cuya evolución es de un previsible desenlace que pondrá fin a la ansiada impunidad que busca AFF.

Palabras clave: Psicopatía. Política. Corrupción.

SUMMARY

7 years after his political fall, Alberto Fujimori Fujimori was extradited from Chile on September 22 of 2007, in order to judge him by two cases of human rights violations and five corruption cases. The mega-trial begun on december 10 of 2007.

According to the mediate authorship theory, having led the command in charge of the counter-terrorist actions involves him in crimes related to human rights. The Supreme court special penal division judges him by six cases related to human rights, corruption and graft, divided in three mega-trials: 1) La Cantuta – Barrios Altos and the Gustavo Gorriti and Samuel Dyer kidnapping in the Military intelligence Service basements. 2) Phone-tapping, and TV channels and congress men bribing. 3) 15 million nuevos soles of payement to Montesinos as a time of service compensation.

The last case, the unlawful entry into the house of Trinidad Becerra, Montesino´s ex-wife, is been treating apart because it is a summary process. However, AFF couldn´t havemade it all alone. His criminal actions were orchestrated above the shadows of his collaborators, that had proceeded illegally, like a mafia organization.

_____________
Médico Psiquiatra. Experto en Adicciones. Doctor en Medicina. Profesor Principal de los Departamentos Académicos de Psiquiatría de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. Ex-Director General Concursado del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado–Hideyo Noguchi”. Director Fundador de la Clínica de Adicciones AMOR FAMILIAR
Furthermore, there is presented a systematization of the psychopathologic trama of this intrincated political affair, that configures a psychopathic syndrome which predictable evolution will mean the end of the yearned impunity that AFF is looking for.

Key words: Psychopathology, politics, corruption

I. Introducción

A 7 años de su estrepitoso derrumbe político, de haberse fugado de manera ominosa al Japón (13 noviembre, 2000) y de haber renunciado por fax a la Presidencia de la República (6,7), por fin, el Ing. Alberto Kenya Fujimori Fujimori (AFF, 69 años) fue extraditado, tras un dilatado proceso de extradición que duró 22 meses. Procedente de Santiago de Chile, llegó a la Base Aérea de Las Palmas, en el distrito de Surco, a las 4:38 pm del sábado 22 de setiembre del 2007, para ser juzgado por la justicia peruana de la cual quiso escapar desesperadamente, mediante el frustrado intento de hacerse elegir Senador en su país natal, Japón. Pese a todo, un importante segmento del electorado nacional, principalmente, de los sectores socioeconómicos D y E aún le creen el embuste de que es peruano nacido un día 28 de julio, en el limeñísimo Barrios Altos.

El ex-dictador, quien es juzgado por dos casos de violación de los derechos humanos: la Cantuta (10 personas asesinadas) y Barrios Altos (15 muertos) (35); y por cinco casos de corrupción, quedó preso en la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional (DIROES), Fundo Barbadillo, distrito de Ate-Vitarte. La noticia estremeció a los peruanos, cuya expectativa llegó a su clímax aquel día. Durante los 685 días de estadía en Santiago, AFF vivió en la opulencia y ostentación. No obstante, era considerado un lastre para la política exterior del país vecino. Así lo precisó Alfredo Etcheberry, abogado chileno, defensor del Estado peruano en ese país para la extradición, quien aliviado expresó que “Chile se quita un peso de encima”.

Por su lado, la Fiscal Especial Anticorrupción, Isabel Huamán comenzó a investigar el origen de los fondos que dilapidó AFF durante su fastuosa permanencia en la capital chilena, cuyo monto asciende aproximadamente a un millón de dólares, según lo denunció una acreditada revista política peruana. En tanto que, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema ha acumulado seis causas divididas en tres megaprocesos penales relativos a los derechos humanos, corrupción y peculado: 1) Casos la Cantuta-Barrios Altos, el secuestro del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer Ampudia en los sótanos del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE); 2) Caso interceptación telefónica, medios de comunicación y congresistas tránsfugas; y 3) Caso 15 millones por CTS (Compensación por Tiempo de Servicio) a Montesinos. El último caso, allanamiento a la casa de Montesinos y Trinidad Becerra, será tratado por separado, puesto que es un proceso sumario. Finalmente, el 10 de diciembre, 2007, se inició el megajuicio público a AFF por los casos Barrios Altos-La Cantuta y sótanos del SIE.

Según la teoría de la autoría mediata, el haber encabezado la cadena de mando en las acciones antisubversivas lo involucra innegablemente en la autoría intelectual de tan execrables crímenes; aunque sus defensores e incondicionales sostienen lo contrario e insisten en la supuesta inocencia del ex-dictador (38). Su hábil abogado César Nakazaki asumió un caso indefendible en los hechos, sosteniendo falacias como, por ejemplo, que los secuestrados no fueron tal, sino simples detenciones ilegales y que los testimonios de los testigos carecen de fundamento porque son indirectos y “de oídas”.

Desde julio de 1990 hasta noviembre del 2000, el Perú fue gobernado por dos personajes siniestros que detentaron el poder absoluto. Mediante leyes espurias aprobadas en el Congreso, y en contubernios bajo la mesa, lograron apropiarse del control total de todas las instituciones del Estado y del país. AFF y Vladimiro (VMT), fueron “los amos del Perú” en esta triste y oscura década. Como resultado, estos personajes acumularon una fabulosa fortuna personal de procedencia ilícita, sumiendo al Perú en una profunda catástrofe social y política; y además, en una severa crisis económica (5).

Durante esta década dantesca, el gobierno dictatorial de AFF concentró todos los poderes del Estado; así como el mando de las FFAA y el Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), para desarrollar una “guerra de baja intensidad”, “guerra clandestina”, “guerra sucia” o terrorismo de Estado contra Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario “Túpac Amaru” (9,10, 26, 27, 31), en la cual murieron o desaparecieron alrededor de 70 mil peruanos; la inmensa mayoría de ellos, humildes campesinos, analfabetos y quechuahablantes. Es decir que los más débiles fueron las principales víctimas de aquel abominable genocidio (1, 4, 22, 23, 29).

En esa época oscurantista de la historia nacional, en la cual AFF cogobernó con VMT (2, 10, 36), no se toleró el derecho a la resistencia contra la dictadura en defensa de los derechos humanos conculcados (32). De manera artera, el fujimorato quebró el estado de derecho (24). Y, hasta la colosal “Marcha de Los Cuatro Suyos” fue reprimida de manera cruenta (11, 34). Aquella, fue una funesta dictadura cívico militar. Así mismo, la otrora televisión decente, informativa y educativa fue convertida en “televisión basura” o “cloacal”, mediante los denigrantes y abominables talk shows, los operativos psicosociales, las cortinas de humo y la desinformación sistemática, destinados a envilecer e intimidar al pueblo.

Finalmente, el régimen colapsó de la forma más estrepitosa, con la fuga de los dos principales malhechores (30) y el ulterior encarcelamiento de los principales miembros de su cúpula mafiosa (22, 23). Ahora, prisionero en una celda de alta seguridad en la Base Naval de Callao, VMT, escribe sus particulares conceptos sobre la guerra asimétrica cubano-venezolana, acerca de la inteligencia predictiva (20, 21) y sus memorias, seguramente, su próximo pingue negocio.

II. Psicopatología

A continuación, de manera sucinta, se examina la trama psicopatológica de este intricado asunto político, el mismo que configura un síndrome psicopático (22, 23), cuya evolución es de un previsible desenlace que pondrá fin a la búsqueda de impunidad por parte de AFF. Por tanto, amerita un atento seguimiento de la opinión pública, porque compromete profundamente el futuro del país.

Codicia
De manera socarrona y jocosa, Gabriel García Márquez, retrató la codicia de AFF mediante lo que él acertadamente denominó la parábola peruana: “Había en Japón un niño muy astuto que de grande quería ser rico. Pensó que para conseguirlo tendría que mudarse a un país lejano, donde pudiese hacerse elegir presidente. Estudió el globo terráqueo y se decidió por el Perú. Fue elegido presidente. Se hizo poderoso y rico. Y, regresó al Japón”. Viniendo del Premio Nóbel de Literatura, esta parábola, bien vale la pena mencionarla aquí para remarcar el alma de fenicio del súbdito japonés, adicto al dinero y al poder. Un “outsider” que con tan sólo ofrecer “honradez, tecnología y trabajo”, se hizo del poder político con escalofriante facilidad (15), desnudando patéticamente una debilidad ancestral del Perú: Tener clase dominante, mas no clase dirigente.

Soberbia
AFF no pierde oportunidad de mostrarse autosuficiente. Por ejemplo, en 1995 la periodista Sally Bowen le preguntó: “¿Con qué personaje histórico se siente identificado? “Con nadie”, contestó (1). AFF carece de paradigmas; y un ser humano sin paradigmas es una persona anética capaz de ejercer la mayor vileza sin ningún escrúpulo; lo cual, sumado al poder omnímodo, convierte a estos personajes anéticos en implacables genocidas.

AFF, cree tener bajo su control todas las circunstancias, aún las más adversas e inverosímiles. Por ejemplo, en Chile declaró a la prensa: “Estoy seguro que después de que pueda ejercer mi defensa en el Perú, todas esas calumnias serán totalmente esclarecidas”, lo cual denota su irreductible omnipotencia.

Soñaba obsesivamente con volver a ser Presidente del Perú. Se había autodenominado “Chinochet” al sentirse un predestinado para poner orden en el país (1). Sin embargo, sólo un acto de extrema e irracional autosuficiencia pudo llevarlo a abandonar su seguro y cómodo refugio en Tokio para exponerse a una aventura que se convirtió en fiasco. Creyó que no sería extraditado; o tal vez fue engañado por sus mentores internacionales del primer mundo.

También, con avezada audacia se publicita como un genial estratega, haciendo creer a sus prosélitos que todos sus pasos los tiene fríamente calculados. Cree poseer el don de la infalibilidad.

Autoritarismo
Luego del autogolpe de Estado del 5 de abril de 1992, AFF se adueñó del poder del Estado en beneficio propio (8) y de su cerrada cúpula. Entonces, comenzó a aplicar el principio de que el fin justifica los medios e impuso un estilo maquiavélico de gobierno autoritario y mafioso (37). Así, por ejemplo, su ex-cónyuge Susana Higuchi informó a los medios de prensa que el 3 de abril de 1992, escuchó una conversación entre su entonces esposo, Montesinos y el coronel Alberto Pinto Cárdenas, jefe del SIE, en la que: “Fujimori les preguntó si todo estaba listo para capturar vivo o muerto al ex-presidente García. Ellos, le respondieron que todo estaba en orden”.

Chantaje
El chantaje es una estrategia común de la cúpula adicta a AFF. Trinidad Becerra, ex-esposa de Montesinos, aseguró que AFF sustrajo de su casa gran cantidad de maletas repletas de videos, tras el allanamiento de su domicilio (7-11-2000). Llevó esos videos para desaparecer los que lo incriminaban y para usar oportunamente aquellos que comprometían a sus adversarios. Los más de 4,000 “vladivideos” fueron grabados con el vil propósito de utilizarlos como instrumentos de extorsión contra la clase política, militar y empresarial que cayó en semejante celada (17). Los desnudó y los mostró tal cual son: Los varones de la corrupción en el Perú.

Manipulación
AFF, maestro en la maniobra de manipular y a sabiendas de que es un súbdito japonés, adrede se autodenomina “chino” para explotar a su favor la imagen acreditada del “chino de la esquina”, una arraigada expresión popular que reconoce el esfuerzo y sacrificio de los inmigrantes de la China, que con su proverbial laboriosidad comercial, han sabido progresar dignamente, comenzando, humildemente, desde abajo. No dudó en montar operativos maquiavélicos para manipular a la opinión pública o a sus acólitos.

Corrupción
AFF también aceptó que tuvo intervención directa en la compra de los MIG 29 y SUKHOI 25 a Bielorrusia, la operación de compra venta de aviones militares en la que se pagaron las más importantes comisiones ilegales y que dieron nacimiento a las millonarias cuentas bancarias de Montesinos en Suiza. A partir de 1996 se dedicó a concentrar todo el poder para la re-reelección, para lo cual su organización política recurrió al fraude de las firmas falsas y permitió la corrupción más organizada y generalizada en la historia del Perú (16, 25).

Siameses
Negando su relación umbilical, durante el megajuicio, AFF sólo reconoció que su clon político era “el coordinador” o “el enlace” eficaz, diligente y oportuno entre el presidente y los mandos militares y policiales. “Se hizo coordinador de los servicios de inteligencia, a pesar de no ser el jefe”. “No lo busqué”. “Ellos (los militares) van asumiendo la convicción de que Vladimiro Montesinos constituye el nexo, sin que yo así lo afirmara, entre las FFAA y la Policía Nacional con el Presidente”. Incluso, “la seguridad de mi familia estuvo bajo su conducción” (Caretas, 28/12/2007). “El señor Montesinos tenía su ramificación muy extendida en mi gobierno con desconocimiento total de mi parte...”, “se reunía con empresarios, militares, políticos”…el jefe de Estado era yo. Si se reunía con esas personas, le afirmo que yo no he autorizado. Su función era de inteligencia”. De esta manera admitió que VMT tuvo un papel preponderante y que tenía una red de influencia muy extendida en su gobierno. Quedó claro que AFF tenía una fe ciega en su asesor VMT.

Luego dijo que recién al final de su gobierno o mucho después se dio cuenta del ascenso de los miembros de la promoción de Montesinos de la Escuela Militar de Chorrillos; así como de las reuniones de su asesor con ministros, jefes militares, políticos o dueños de medios de comunicación.

AFF también admitió que VMT le preparó en el SIN el discurso del autogolpe del 5 de abril de 1992, cuando disolvió el Congreso para imponer un gobierno sin oposición. No pudo explicar por qué mantuvo a VMT en el gobierno, no obstante las denuncias por vínculos con el narcotráfico, por vender secretos militares al Ecuador o por enriquecimiento ilícito. Más bien, insistió que era una ventaja tener a un abogado de narcotraficantes en el gobierno o que lo importante era la pacificación, justificando así el enorme poder que dio a VMT y a Nicolás de Bari Hermoza Ríos. Igualmente, manifestó que las denuncias del general EP (r) Rodolfo Robles Espinoza y de la prensa independiente en 1993, con respecto a las actividades del destacamento Colina, no le parecieron serias.

El Fiscal, Dr. Avelino Guillén le preguntó: ¿Qué labor tenía VMT?. AFF: “Asesor del SIN y persona importante para la derrota del terrorismo y pacificación”. Seguidamente, se sintió acorralado por el incisivo interrogatorio del Fiscal Guillén y AFF tuvo que refugiarse en el silencio, abstenerse de responder o solicitar ayuda a su abogado, quien interrumpió el interrogatorio varias veces. Aunque reconoció que VMT fue pieza importante de su gobierno. Así mismo, aceptó que él era su asesor Nº 1, el jefe real del SIN, su hombre de confianza y que era el coordinador (enlace) exclusivo entre él y las FFAA. Por ello, con ingeniosa bonhomía alguien ha dicho que si Montesinos no hubiera existido, Fujimori hubiera tenido que crearlo.

Felonía
En los primeros días de diciembre de 1990, una traición del más alto nivel del gobierno frustró la captura de Abimael Guzmán Reynoso, cabecilla de Sendero Luminoso.

El ex-comandante PNP Luís Felipe Elías evoca así aquella felonía: “Estábamos en el despacho del general Oblitas, realizando el planeamiento del golpe a 11 inmuebles, entre ellos el de Buenavista, cuando Oblitas recibió una llamada telefónica. La llamada lo sorprendió mucho y de pronto Oblitas empezó a preguntarse indignado: ¿cómo?... ¿cómo? En eso alzó la voz y dijo: “Mientras yo sea el director aquí mando yo”. Y colgó el teléfono. Nos comentó que quien lo había llamado era el general Pablo Rivera Portal, (entonces director de la Policía Fiscal). Este le había indicado: “No sé cómo, pero por orden de la presidencia esa captura importante que vas a hacer queda sin efecto”. El general Oblitas enojado dijo “qué se habrá creído éste”, y “luego nos animó a continuar con los detalles del operativo. Sigan con el plan, fue la orden” (Caretas, 24 de enero de 2008).

Elías sostiene que esa misma tarde, el entonces director de la Policía Nacional, general Adolfo Cuba y Escobedo comunicó a Oblitas que había sido removido del puesto. Fue reemplazado por el general PNP Héctor Jhon Caro, a quien se le ordenó dejar Huaraz, donde era jefe, para viajar a Lima con carácter de urgencia. La operación de captura de Guzmán se suspendió. “Le informamos a Jhon Caro lo de Buenavista y él dijo: “Aquí no se hace nada. La Dircote no va a intervenir ese lugar y ustedes no salen de su unidad”. El sorpresivo cambio del director de la Dircote se efectuó tal como fue relatado. Cabe preguntarse: ¿Quién tenía el poder para efectuar semejantes movidas? Sólo Montesinos y Fujimori (Caretas, 24 de enero de 2008).

“Fue una traición a la patria”, afirmó tajante el ahora comandante retirado y abogado en ejercicio Días Marín. “La captura de Guzmán echaba por tierra los proyectos totalitaristas de Montesinos y Fujimori. El golpe hubiese sido mortal para Sendero porque en esa casa de Buenavista se escondían sus principales líderes históricos. La guerra se habría acabado” (Caretas, 24 de enero de 2008).

Entre Enero de 1991y setiembre de 1992 -cuando cayeron Guzmán, Iparraguirre y su cúpula- 1,943 personas murieron en todo el país a manos de Sendero Luminoso, según el informe final de la Comisión de la Verdad. No habría habido Barrios Altos ni La Cantuta, y probablemente tampoco hubiese sido asesinada María Elena Moyano (15 de febrero de 1992). La historia del Perú hubiese sido diferente. (Caretas, 24 de enero de 2008).

Mendacidad
En el megajucio, ante preguntas comprometedoras y hechos evidentes, AFF, se escuda en la mentira contumaz y cínica: “mi respuesta es no”, “no recuerdo”, “no puedo precisar”, “no estuve enterado”, “me acojo al derecho al silencio”. Sin embargo, la abrumadora información existente, los audios, videos, testimonios y documentos desenmascaran una a una todas sus mendacidades, coartadas, estratagemas y argucias. La burda coartada de que él no sabía nada de las fechorías de su clon anético Montesinos (18,19) es su principal argumento y la de sus escuderos. Con Tal embuste subestiman vanamente la inteligencia de los peruanos.

Dennis Jett, ex-embajador de EEUU en Perú, durante los últimos años del dictador, dijo: “Alberto Fujimori era el jefe y Montesinos su creación. Montesinos era sólo un instrumento que al final se convirtió en monstruo que creció y llegó a amenazar incluso a él. Fujimori hizo un cálculo bastante frío de beneficio y costo, porque durante su presidencia siempre se criticó a Montesinos como violador de derechos humanos, y recién al final, cuando el costo de mantenerlo era más grande que el beneficio, Fujimori decidió echarlo. El hombre más poderoso siempre fue el ex-presidente. El poder de Montesinos fue el que le dio Fujimori. Montesinos era el más cercano al presidente y su opinión era tomada en cuenta, pero la decisión siempre fue de Fujimori. Cualquier cosa que hizo Montesinos lo sabía y aceptó Fujimori. Montesinos no podía hacer algo completamente libre”.

Igualmente, el Suboficial EP y ex-agente del destacamento Colina, Isaac Paquiyauri Huaytalla, acogido a la colaboración eficaz con la justicia, declaró a la prensa, “el ex-presidente Alberto Fujimori debe reconocer su responsabilidad. Él sabía todo lo que pasaba. Que no se haga ahora el pobrecito. Si hasta vivió en el SIN”. También explicó: “Colina era un destacamento especial del SIE que se organizó y cumplió misiones con conocimiento y mandato de Fujimori y Montesinos. Ningún general o coronel iba a admitir los gastos internos sin previo conocimiento del presidente”. “Colina era parte de la estructura del Ejército que dependía del mando del jefe supremo de las Fuerzas Armadas y del sistema de inteligencia que entonces era Alberto Fujimori. El destacamento era oficial”. “Era la Dirección de Inteligencia del Ejército la que entregaba el fondo de dinero que se nos asignaba. ¿Cómo no iba a saber lo que hacíamos, si a diferencia de otras áreas nosotros teníamos una partida libre? Gastábamos lo que queríamos y nos daban lo que pedíamos; si no era porque había órdenes superiores”.

Paquiyauri, también manifestó que luego del genocidio de Barrios Altos, “Martín Rivas dijo que el presidente y Montesinos nos felicitaban por este hecho, pero que no estaban de acuerdo con la muerte del menor. Él, (Fujimori) estaba un poco molesto por esto”. En efecto, el niño Javier Ríos Rojas (8 años) fue acribillado con 8 balazos en el cuerpo al interponerse entre los exterminadores y su padre, Manuel Ríos Pérez (33 años).

El coordinador entre los tres grupos de Colina, Pedro Suppo Sánches, manifestó: “al conocer la muerte del niño en ese operativo, cuando todos los agentes estaban en la playa La Tiza, los más jóvenes le dijeron a Martin que querían salirse del destacamento. Pero este les dijo que de allí sólo se salía muerto” (Caretas, 31 de enero del 2008).

En el mismo sentido, Santiago Martin Rivas ex capitán EP, jefe operativo del comando Colina, declaró: “Fujimori seguía el asunto paso a paso. Se enteraba, autorizaba y ordenaba las operaciones. Le digo que hubo muchos…pero el de Barrios Altos fue uno de importancia, y la orden vino desde arriba. Además, ¿Sabe por qué? porque estaba en Lima una Comisión de Derechos Humanos (OEA) que, como siempre, defendía a los terroristas. Lo que la prensa y los políticos llaman grupo Colina, no era un grupo de militares locos que actuaban por su cuenta y hacían lo que querían.Si hubiese sido así, entonces, de inmediato les habrían dado de baja y encerrado. Si no lo hicieron, si se opusieron a las investigaciones y al final dieron una ley de amnistía, es porque ellos, Fujimori, Montesinos y Hermoza tomaban las decisiones”; luego se retractó de esta declaración. En el caso Barrios Altos, declaró que en esa operación no se quería capturar terroristas. El objetivo era hacer llegar un mensaje a Sendero Luminoso: “Te golpeo en el lugar que te escondes. Ya sabemos que las polladas y los heladeros son tus disfraces”.

Existen revelaciones de Montesinos que refrendan el testimonio de Santiago Martin Rivas en las cintas de video 806 y 807: los operativos militares no fueron actos aislados de un grupo de soldados, fueron parte de una estrategia preparada y aprobada por la más alta instancia de gobierno, y cuyas decisiones correspondieron al presidente Alberto Fujimori; al jefe de facto de los servicio de Inteligencia, Vladimiro Montesinos y al comandante general del Ejército, Nicolás Hermoza Rios (14).

De otro lado, la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Chile que aprobó la extradición, en base a la teoría del dominio de hecho, o autoría mediata, en su conclusión 95 establece que AFF estaba “en antecedentes de la existencia y finalidad del grupo Colina y de las acciones que se llevaban a cabo por el mismo grupo. Lo que se demuestra por los premios, ascensos y condecoraciones otorgadas por Fujimori a los integrantes de este grupo y porque muchas personas lo vieron dar órdenes a Montesinos, quien a su vez las entregaba al mencionado grupo Colina, con lo que habría tenido una participación de autor mediato”. AFF amnistió al grupo Colina para liberarlos. Él dirigía la estrategia antisubversiva, por lo que es autor mediato de los actos criminales cometidos por el grupo Colina.

AFF en su declaración mediática del 24 de julio de 1992, prometió que “nadie tiene derecho a quitarnos lo que es nuestro. Por eso, aquellos que desangran nuestro país, matan a nuestros hijos, y que destruyen aquello que no han construido, para esclavizar al Perú, van a ser eliminados. Ellos y su veneno. Este es mi compromiso”.

Del mismo modo, ante la Sala Penal Especial que lo juzga por violación de los derechos humanos, AFF, de manera enfática declaró que “jamás, nunca” autorizó la creación de un escuadrón especial de inteligencia denominado Colina; y que recién en 1993, VMT le comunicó que en el Ejército había un grupo de militares que secuestró y asesinó a los 9 estudiantes y al profesor de la Universidad Enrique Guzmán y Valle, La Cantuta. Sin embargo, los agentes del comando Colina, en sus procesos judiciales por el caso La Cantuta, acogidos, unos a la confesión sincera y otros a la colaboración eficaz, dijeron que AFF sabía todo, dirigió, aprobó y protegió a este escuadrón de exterminio. Los siguientes son algunos de sus testimonios:

El suboficial EP Hércules Gómez Casanova, agente de Colina, informó a la Sala Penal Anticorrupción (abril 2007) que “la misión de este destacamento era la eliminación selectiva de terroristas”. “Todo estaba planificado desde el Comando Conjunto de las FFAA…obviamente ellos no van a ejecutar las operaciones, las ejecutábamos nosotros, los agentes… mal o bien, pero se tuvo que hacer, y de eso estuvo consciente el señor presidente, el ingeniero Alberto Fujimori”.

El Suboficial Hugo Coral Goycochea, agente de Colina, precisó: “El grupo Colina actuó bajo la línea de mando del ex-presidente Alberto Fujimori, formábamos parte de la estructura del Ejército. Todas las operaciones fueron organizadas desde el más alto nivel, y aunque no hubo órdenes escritas para matar gente, sí hubo órdenes verbales. Nadie apretó el gatillo sin ninguna orden”.

Otro Suboficial EP, Julio Chuqui Aguirre, agente de Colina, reveló: “En una oportunidad vi al ex-mandatario ingresar a la habitación de Martín Rivas, en el SIN, para reunirse con Montesinos. Esa reunión era de coordinación para órdenes que iban a ser impartidas para el destacamento Colina. Después, Martín Rivas nos dijo a todos que teníamos pase libre para realizar las acciones, porque Fujimori tenía conocimiento y los había autorizado”.

Hasta el momento lo declarado por los agentes de Colina apunta a que la misión real de Colina era asesinar y no detener, y que la creación del grupo obedecía a un plan estratégico aprobado por el propio comandante general Nicoláz Hermoza Ríos. Según la Fiscalía, Hermoza era el nexo entre Fujimori y el escuadrón de la muerte (Caretas, 31 de enero del 2008).

En el mismo sentido, el asesor VMT, en el juicio que se le sigue por el uso de fondos del Estado para la campaña de reelección del 2000, manifestó: “Yo recibo órdenes del presidente, él es el jefe del Sistema de Defensa Nacional y también es jefe del SIN. Cuando tenemos por los canales de inteligencia la información pertinente, ésta es puesta en conocimiento al primer usuario que es el jefe de Estado”.

Y, en el juicio al grupo Colina por los asesinatos de Barrios Altos y La Cantuta, el Comandante General de las FFAA, Nicolás de Bari Hermoza Ríos, refirió: “Inmediatamente después de los acontecimientos de La Cantuta, Montesinos me informó que un grupo del Ejército realizó una operación especial cuyo resultado excedió las órdenes recibidas y que el presidente Fujimori ya tenía conocimiento de los hechos”, y Hermoza agregó que cuando Fujimori ordenó ascender a los miembros del grupo Colina, él le advirtió a Montesinos que estaba premiando a personas implicadas en un homicidio, y que el asesor le contestó que el presidente estaba enterado (Diario La República, 2/01/08). Sin embargo, durante el interrogatorio en el proceso judicial, AFF declaró que firmó el ascenso de varios miembros del comando Colina sin leer el documento, que no sabía de ese grupo; y que se enteró por radio del genocidio de Barrios Altos. Anteriormente había manifestado que todos los días a primera hora los servicios de inteligencia le reportaban todo a él.

El periodista Gustavo Gorriti, una de las víctimas de los secuestros, desenmascaró de manera incontrovertible cuatro de las principales argucias de AFF: 1) “Que no sabía quién era Montesinos. Que desconocía su prontuario”, 2) “Que no leía Caretas”, 3) “Que no sabía sobre la actuación de Montesinos como narcoabogado”, y 4) Que desconocía “los secuestros en el SIE” (Caretas, 10 de enero, 2008).

En una de las audiencias del megajuicio, el empresario Samuel Dyer Ampudia, que fue recluido en el SIE, enrostró a AFF de haber ignorado su pedido de auxilio, cuando se encontró cara a cara con él, apenas a unos 5 metros de distancia, y le suplicó a gritos: “!Presidente, estoy secuestrado, ayúdeme”, “pero no pasó nada”.

El presidente del Consejo de Ministros del gobierno aprista, Jorge del Castillo, manifestó ante el tribunal que juzga a AFF que el 05 de abril fue secuestrado y presentó un documento suscrito por el entonces comandante general del Ejército Nicolás de Bari Hermoza, que demuestra que éste recibía órdenes superiores del ex-presidente Fujimori.

En su afán de evitar la extradición, AFF, durante su permanencia en Chile dijo que lo invitaron a ser candidato a senador en Japón y que meditó algunos días para dar su respuesta, lo cual es falso; puesto que fue desmentido por el Secretario General del Partido Democrático del Japón, Yukio Hatoyama, quien manifestó a la prensa nipona: Fujimori “nos hizo saber que se encontraba interesado en postular en nuestro partido, pero nosotros le dijimos que no”.

Cinismo
Cínico empedernido, AFF, en Santiago de Chile declaró a la prensa de ese país: “El ser extraditado estaba dentro de mis planes. Lo ideal hubiese sido por sólo uno o dos casos, pero creo que el objetivo se cumplió prácticamente”. Sin embargo, acotó que no “estaba en mis cálculos” ser extraditado por 7 acusaciones, sino “sólo por cuatro”. Valoró la extradición como la oportunidad para retornar al Perú, porque “mi objetivo es reencontrarme con el pueblo, para ello tuve que hacer una escala en Chile. Voy con protección de la Corte Suprema de Chile. Esta fue una escala. Como lo dije en mi libro Fujimori Vuelve, allí establezco cuál es mi plan: pasar por acá, y que se reduzca sustancialmente el número de acusaciones…Hoy, como se dice comúnmente, tengo un escudo legal…Bueno la figura es un poco chocante. Pero para mí lo que cuenta es mi conciencia. Estoy con la conciencia tranquila de haber actuado correctamente como Presidente, resolviendo múltiples problemas”. Luego demandó “que exista un debido proceso, de ese modo podré aclarar las acusaciones en mi contra”. En algunas sesiones del juicio se muestra autosuficiente, aparentando ser diestro en el manejo del escenario donde se le juzga.

AFF y su cúpula presentan un ethos social anético desprovisto de autocrítica y de la más elemental sensibilidad humana. En ese sentido la prensa nacional ha recordado las declaraciones de la ex-candidata presidencial del movimiento fujimorista Sí Cumple, Martha Chávez Cossío de Ocampo, respecto al Caso Cantuta, “la hipótesis de la voluntaria desaparición es probable, hay muchas personas desaparecidas, luego ubicadas en otros lugares”. Chávez, en otra oportunidad, habló de la autotortura en el caso de Leonor La Rosa.

Amnesia Selectiva
AFF demuestra tener buena memoria para los hechos que le son favorables y nula memoria para los hechos que lo desfavorecen. En tal sentido, sólo acepta delitos menores y niega haber conocido delitos de lesa humanidad. En el argot del intorno judicial, éste es el síndrome de “pendejeritis amnésica selectiva” (Caretas, 24/01/2008).

Apenas iniciado el proceso judicial AFF se sintió acorralado y entró en angustia (desesperación). En estas condiciones recurrió a estratagemas burdas como aquello de que no se acuerda de nada, que no sabía nada. Guarda silencio culposo cuando le conviene, niega todo aquello que lo compromete. Huérfano de poder ha perdido la brújula. Ya no es el supuesto omnipotente estratega genial que todo lo tenía fríamente calculado, provisto de planes de contingencia.

Rol de Víctima
La estrategia de AFF para evadir la acción de la justicia ha sido presentarse a la opinión pública como víctima de persecución y de una intención de venganza de parte de sus supuestos verdugos. Su clan familiar usa esta estrategia con desparpajo. Así, en relación al régimen carcelario, su hija mayor, la congresista Keiko Sofía Fujimori, manifestó a la prensa internacional que su padre, “está en peores condiciones que Abimael Guzmán” y que recibe trato rudo en la DIROES. Anticipó que el juicio a su progenitor podría convertirse en un “circo”. Ella, también dijo: “Siento que usted señor Alan García, quiere enterrar vivo al ex-presidente Fujimori, quien sacó adelante este país, después que usted lo destruyó en el año 90”. Es más, los congresistas fujimoristas presentaron una denuncia por abuso de autoridad contra las autoridades del Instituto Nacional Penitenciario, porque dos días antes no les dejaron ingresar para visitar a su mentor.

Histrionismo
Con intención de convertir las audiencias en un show mediático; y así politizar el proceso haciendo apología de su gobierno. El primer día de su juzgamiento, en su iracunda y desaforada intervención, AFF perdió los papeles. En su discurso político de aquel día, gritando su inocencia dijo que él salvó al país, con lo cual demostró su incapacidad de sentir culpa y por tanto, no se arrepiente de nada. Grita quien carece de argumentos.

Carencia de Sentimiento de Culpa
Solamente como parte de su estrategia de defensa, AFF se vio obligado a pedir disculpas, más no perdón a los deudos de las víctimas por crímenes de lesa humanidad. Sin embargo, los familiares de las víctimas rechazaron tales disculpas por considerarlas extemporáneas, “ya es muy tarde”, aseveraron. Por su lado, AFF comprometió a Nicolás de Bari Hermoza Ríos. Así, “el responsable de la estrategia y de las operaciones contra la subversión era el presidente del Comando Conjunto. Yo doy la política, las directivas, no doy estrategias. El presidente no es militar, no elabora planes” (Caretas, 28/12/2007). Con lo cual queda claro que el ex-dictador no admitirá su responsabilidad en el actual proceso judicial que se le sigue.

Mesianismo
AFF cuando estuvo en el poder se autoendiosó y asumió de sí y ante sí mismo el rol de sumo hacedor e infalible gobernante (1). Cree que él y su clan son los únicos capaces de sacar al Perú de la situación de atraso en que se encuentra. Algo así como que él es el único predestinado; el providencial salvador del Perú. En 1995, la periodista inglesa Sally Bowen, le preguntó: ¿Qué pasaría con el Perú si mañana se cae el helicóptero presidencial o una bala asesina encuentra su objetivo? Con la seguridad de un omnipotente, AFF sonrió y le contestó: “No se preocupe. Yo seguiré gobernando el Perú desde el otro mundo. Modestia aparte, hay muchos pueblos en el mundo que quisieran tener un presidente como yo. Y muchos jefes de Estado me guardan cierta admiración” (1).
Sueños Dinásticos
Fiel a su origen japonés AFF sueña con implantar en el Perú la tradición imperial nipona de sucesión por heredad. Ante la previsión de que él no pueda ser candidato presidencial en los próximos comicios, su hija Keiko Sofía, heredera política, viene siendo preparada para asumir ese rol protagónico. Ha sido designada por su padre como candidata natural a la presidencia el 2011. Ella, lo confirmó: “Si me dan el encargo, yo no me voy a negar”. “Si existe consenso y me lo piden asumiré la candidatura presidencial para las elecciones del 2011. Lo asumiré como un reto” (El Comercio 15/01/08).

Empero, han aflorado discrepancias. Por ejemplo, Martha Chávez Cossío, dijo: “El liderazgo no debe ser hereditario ni sucesorio, se tiene que demostrar en los hechos con una trayectoria, capacidad, experiencia y voluntad, porque para asumir ese cargo se tienen que dejar de lado varias cosas”. Entre tanto, la heredera política, poseída de ambiciones dinásticas, ya se encuentra en campaña para posicionarse en el imaginario popular del electorado cautivo de su progenitor.

Contradicciones
AFF vivió en instalaciones militares del SIN desde 1990 hasta 1997; sin embargo, negó conocer la existencia y las actividades del comando Colina, que ordenó el ascenso de Santiago Martín Rivas y de otros oficiales del escuadrón Colina y que despachaba a diario con Montesinos con quien “sólo teníamos una relación funcional, no de amistad”.

El 08 de mayo de 1993, AFF declaró a un medio radial: “Manifestaciones como la del general Robles y del general (Jaime) Salinas son de un pequeño grupo que ha tratado de retomar el poder militar para estar por encima del poder político. Lo que está ocurriendo ahora es que el poder político está por encima del poder militar. Quien manda en las Fuerzas Armadas es el Presidente de la República y yo mando con decisión. Aquí no hay debilidades”. Mas, el 14 de diciembre del 2007, dijo ante los jueces que lo juzgan: “He sido jefe supremo de las Fuerzas Armadas a nivel de mando, no de comando” (Caretas, 20/12/2007). El día del inicio del megajuicio (10/12/2007), AFF vociferó ante los jueces que lo juzgan: “Si se cometieron algunos hechos execrables, los condeno, pero no fueron orden de quien habla. ¡Soy inocente! y no acepto esta acusación fiscal”.

En el megajuicio, al cuestionar su supuesta inacción ante los crímenes de lesa humanidad del comando Colina y al afirmar que “nada sabía de lo que pasaba”, el juez San Martín lo increpó diciéndole, “Pero usted es el Presidente, cuando hay algo grave uno interviene, hace redefiniciones, si no ¿para qué está uno?”.

Personalidad
El perfil de la personalidad del autócrata se condice con la psicopatía primaria. Evidencia incapacidad de amar, de sentir culpa, de aprender de la experiencia y de autocrítica. Así mismo, muestra ingratitud, cinismo, insensibilidad, manipulación, mendacidad, simulación y felonía. Es ególatra, frío y calculador.

III. Vesania Genocida

Sin embargo, el no actuó solo. Todo su accionar macabro fue orquestado en la sombra con todos aquellos compinches que se coludieron con él, cuyo leit motiv era la vesania, al igual que la codicia de dinero, ansia de poder y de protagonismo. Veamos:

Escuadrón Colina
Fue un escuadrón de la muerte (14); un destacamento de élite del SIE. Su organización estructural era así: Alberto Fujimori, Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; General Nicolás de Bari Hermoza Ríos, Comandante General del Ejército; Vladimiro Montesinos Torres, asesor del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN); General Julio R. Salazar Monroe, jefe del SIN; General Juan N. Rivero Lazo, director DINTE; General Alberto S. Pinto Cárdenas, DINTE; Coronel Luis A. Cubas Portugal, jefe administrativo del SIE; Coronel Víctor Silva Mendoza, SIE; Teniente Coronel, “Potro”, Fernando Rodríguez Zabalbescoa; Capitán Carlos E. Pichilingue, “Carlos”, jefe administrativo; Capitán Santiago Martín Rivas, “Quique”, jefe operativo; suboficial Marco Flores Albán, “Moflo”, asistente administrativo; suboficial Juan Supo Sánchez, “Ocampo”, coordinador; suboficial Juan Pampa Quilla, asesor legal; suboficial Julio Chuqui Aguirre, “Concha”, jefe subgrupo; suboficial Jesús Sosa Saavedra, “Bazán”, jefe subgrupo; y suboficial Wilmer Yarlequé Ordinola, jefe subgrupo. (Diario La República, 02/01/08). Otros miembros de este comando de exterminio fueron Pablo Atúncar Cama, Gabriel Vera Navarrete y Fernando Lecca Esquén, quienes en el juicio por el crimen de Barrios Altos declararon que AFF ordenó y aprobó los planes para el asesinato selectivo de terroristas durante su gobierno; que el comando Colina actuó por orden del alto mando de las FFAA y el ex-presidente AFF; en tanto que Lecca Esquén presentó a los jueces una carta que le entregó el general Hermoza Ríos en la cual se dice que están actuando de acuerdo con las directivas emanadas del presidente Fujimori.

La misión aparentemente formal del destacamento Colina era, según consta en el plan operativo Cipango que dio origen al grupo Colina, identificar y detener presuntos terroristas (Caretas, 31 de enero del 2008). En la realidad era una organización criminal que tuvo como misión la eliminación selectiva de personas que, se sospechaba, pertenecían a organizaciones subversivas. Para ello, según el comando José Tena Jacinto: “En la escuela nos preparaban para ser máquinas de guerra. Teníamos que dar cumplimiento a las órdenes, sean cuales fueran” (Caretas, 31 de enero del 2008).

En tanto que, el agente Pedro Suppo Sánchez, reveló el horror detrás del accionar de Colina: “Ensayábamos en seco, o sea sin armamento. Había agentes que hacían de damas, otros que estaban mareados. Era un simulacro. Entraba uno por uno, “todos al suelo”, y Abadía decía: este, este, este”. Se realizaron ocho simulacros. El último a las cuatro de la tarde del 3 de noviembre, día del operativo. También expresó: “Colina tenía diversas armas con silenciadores, dinamita, granadas. Además, llevábamos picos, palas y cal para los entierros”. Detalló cómo efectuaban dichos actos macabros: “Se hace el hueco, se echa la víctima, se echa la cal, encima se le echa determinada cantidad de piedras y luego la tierra” (Caretas, 31 de enero del 2008).

El agente Colina, José Alarcón Gonzales, manifestó: “Cuando ya estábamos en la camioneta (luego de haber ejecutado a los estudiantes y al profesor en el campo de tiro de Huachipa) Jesús Sosa Saavedra dijo: “hemos bautizado al teniente (Aquilino Portella) y yo he sido su padrino”. Le habían hecho ejecutar a uno de los estudiantes” (Caretas, 31 de enero del 2008).

El ex-agente Angel Sauñi Pomaya, reveló que el crimen de La Cantuta fue filmado por los agentes del destacamento Colina porque supuestamente el mayor EP (r) Santiago Martin Rivas, quería chantajear a la institución militar, al gobierno de Fujimori o a los altos oficiales del Ejército. También, señaló que Martin recibió una llamada y dijo: “no, no, ya están con San Pedro, pero en ese momento los estudiantes aún estaban vivos”. Además, Sauñi se definió como uno de los fundadores del grupo Escorpio en 1989, que fue la génesis del destacamento Colina, en la medida en que sus integrantes pasaron después a este nuevo grupo (La
República, 2 de febrero del 2008).

En el megajuicio a AFF, el agente Colina, Marco Flores Albán, informó al Tribunal que escuchó cuando uno de los comandos, Rodríguez Zabalbescoa, fue a pedirle luz verde a Montesinos para el operativo de Barrios Altos, éste le dijo: “sácales la mierda”. También afirmó que los altos mandos del Ejército sabían, respaldaban y financiaban la existencia del grupo Colina (El Comercio 24/01/08). Incluso, durante la audiencia, Marco Flores entregó a los jueces un escudo que era el distintivo de aquel “Escuadrón de la Muerte” (Caretas, 24/01/08).

Doble Estrategia Bélica
El gobierno fujimorista tenía dos estrategias antisubversivas. Una, formal, donde la Fuerza Armada tenía un rol que respetaba los derechos humanos y otra, una estrategia oculta a cargo del SIN que incluía equipos para realizar operaciones especiales, mediante grupos clandestinos como el comando Colina y otros escuadrones de la muerte. Las operaciones especiales eran, el reglaje, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, los secuestros y las acciones de intimidación, entre otros.

Por ejemplo, en el caso del operativo “Chavín de Huántar” (12, 13) cabe una pregunta legítima: ¿Quién dio la orden de que no hubiera ningún sobreviviente entre los secuestradores de la embajada japonesa y que se eliminara a todos, incluso a los que se habían rendido? Al respecto, el diplomático japonés Hidekata Ogura denunció que sí hubo ejecuciones extrajudiciales.

Guerra Clandestina
En junio de 1991, el presidente AFF habría aprobado el Manual de Operaciones Básicas del Ejército, el mismo que autorizaba la guerra sucia, tras lo cual inició sus actividades bélicas no convencionales el comando Colina, de estructura castrense, cuya base normativa era el ya referido manual secreto del Ejército, el mismo que establece que la misión de los “equipos básicos” es: “Prevenir, detectar, localizar, identificar, neutralizar y/o eliminar personas, redes u organizaciones que realicen actividades en contra de la seguridad militar”. Claramente dice: “y/o eliminar personas”

IV. Complot de la Cúpula Contra el Megajuicio

Lograda la extradición, la cúpula fujimorista manipula a sus prosélitos y a personal contratado ex profeso para perpetrar acciones destinadas a desestabilizar y frustrar el proceso judicial que se sigue contra su caudillo, lo cual se reseña a continuación:

Violencia
Una vez llegado AFF al Perú, la escalada violentista perpetrada por los fujimoristas, que instaban a la población a que se manifieste a favor del súbdito japonés, causaron daños en algunos lugares del país: En el aeropuerto de Tacna, la intrusión en la sede del Poder Judicial, las pintas desafiantes en los alrededores de la sede de la DIROES y las reiteradas arengas de “guerra” pronunciadas por Kenyi Fujimori en Pichanaqui, Ayacucho y otros lugares sin lograr el planeado respaldo de la población. Igualmente, una manifestación de fujimoristas bloqueó la pista en la Av. Elmer Faucett; en esta oportunidad, se sentaron en el asfaltado, quemaron llantas, interrumpieron el tránsito vehicular y se enfrentaron a la policía, mas esta estrategia provocadora también fracasó.

Intolerancia
El domingo 23 de setiembre, una veintena de personas que vociferaron arengas a favor de AFF amenazaron con armas de fuego, amordazaron y encadenaron al policía municipal de la Municipalidad de Jesús María, Pablo Quintana, quien al informar sobre la agresión declaró: “Me encadenaron, amordazaron y me cubrieron con una frazada”. Los manifestantes portaban combas, cinceles y pintura anaranjada y procedieron a destruir el Memorial “El ojo que llora” de la escultora Lika Mutal, mutilándolo parcialmente en cuestión de minutos y lo pintaron de color naranja. Concluido el artero ataque en la que mostraron su actitud irracional, los agresores subieron a una camioneta combi que los esperaba a pocos metros. El monumento ubicado en el Campo de Marte, en el mencionado distrito, rinde homenaje a las víctimas de la violencia política. A las 8 de la noche del 5 de octubre, otra movilización fujimorista de unos 500 manifestantes, aparentemente contratados, liderados por el congresista fujimorista Carlos Raffo y el hijo menor de AFF, Kenyi Fujimori, efectuaron otro ataque a la misma escultura consagrada a la reflexión. Removieron 49 de las 60 piedras (“Puntas”) que rodean la escultura, causando daños materiales, según lo denunció Francisco Soberón de la Asociación Pro Derechos Humanos. Estas acciones fueron repudiadas enérgicamente por la opinión pública.

Presión Mediática
La prensa amarilla adicta al ex-dictador ejerce una presión sostenida sobre los jueces. Quieren ganarse a la opinión pública y amedrentar a quienes se pronuncian por la responsabilidad penal del autócrata. Así mismo, es extraño que cierta prensa supuestamente seria, cubra las manifestaciones fujimoristas con gran despliegue publicitario en las primeras planas dando la impresión de que aún están dominados o influidos por la cúpula fujimorista, tal como ocurrió durante la década dantesca (22). El ejercicio de la prensa libre es uno de los pilares de la democracia, lo cual es incompatible con las dictaduras (28).

Intromisión
La intención de intromisión en el poder judicial es evidente. Así, Keiko Fujimori amenazó con que “los fujimoristas no vamos a aceptar el arresto”. La muy activa bancada fujimorista del Congreso, en pleno intentó ingresar a la sede de la DIROES donde se encuentra recluido su jefe, para visitarlo. Más, las autoridades del Instituto Penal Penitenciario no lo permitieron porque era un acto político partidario y no estaban cumpliendo funciones parlamentarias.

De otro lado, el periodista Gustavo Gorriti retrucó al abogado y congresista fujimorista Rolando Souza, quien acusó a los medios de estar parcializados, diciéndole que antes de opinar sobre la prensa debería tener “un mínimo de pudor y de vergüenza ajena, y mejor cerrar la boca”. Por lo mismo, el director del Instituto de Defensa Legal, Hans Landolt, precisó que “las declaraciones de Souza nos recuerdan la intromisión que existía durante la época del fujimorato en el Poder Judicial y el dominio absoluto de los medios de comunicación”. Amén de las soterradas acciones vedadas que previsiblemente debe desplegar el staff fujimorista en el intorno judicial.

Persecución
Con desparpajo los escuderos y apologistas de AFF acusan que su caudillo es objeto de una implacable persecución política instrumentada por sus detractores. Distorsionando los hechos sostienen que las acciones judiciales emprendidas para juzgarlo por graves delitos son parte de esa conjura revanchista en la cual también involucran a los familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales. Luego de enterarse de la condena de 6 años de prisión, Keiko Sofía Fujimori declaró a la prensa: “Estoy muy molesta. No es justo los años que le pusieron a mi padre. Antes era una persecución política, ahora hay una persecución judicial….no confío en la justicia peruana”.

Presión Política
La cúpula fujimorista recurre a toda suerte de estratagemas para presionar al Poder Judicial y al gobierno, y de esta manera lograr la soñada impunidad. Para este propósito utilizan la prensa amarilla, periodistas venales, publicistas, lobbies, empresarios mediáticos y empresarios incondicionales, entre otros. Así, infaman, injurian, acosan y chantajean de la manera más ruin a sus adversarios políticos descalificándolos de la manera más baja y artera, al mejor estilo de la prensa cautiva durante la década del fujimorato.

En el mismo sentido, hubo asistencia masiva de la bancada congresal fujimorista a la primera sesión del juicio contra AFF, lo cual implica una injerencia política, presión y sustracción de su labor parlamentaria para la cual fueron elegidos.

Amedrentamiento
El jefe de la Unidad de Extradiciones de la Procuraduría Ad Hoc, Dr. Omar Chehade Moya denunció que durante dos semanas él y su familia fueron víctimas de amenazas de muerte, reglaje, probable interceptación y bloqueo de su teléfono celular. Los perseguidores se movilizaban en autos de lunas polarizadas y cambiaban las placas de rodaje con facilidad. Al respecto especuló que “es una posibilidad muy fuerte que sean personajes vinculados a AFF y a su ex-asesor Montesinos, los que estén detrás de estas amenazas”. El estilo mafioso es consustancial a estos grupos de poder oscuro, digitado por mano negra.

Odio
El odio impulsa a los fujimoristas a actuar de manera desembozada. Así, Martha Chávez Cossío de Ocampo, su ex-candidata presidencial manifestó a los medios, “aplaudo que, de una vez, alguien tenga el valor de eliminar ese monumento basura. Han tenido la maldad de juntar los nombres de terroristas convictos y confesos con las víctimas del terrorismo. Alguien tenía que sacarlo”, manifestó en alusión a la mutilación del Memorial “El ojo que llora”.

Cúpula
Un sufrido y cerrado grupúsculo de seguidores se juega cotidianamente por la suerte de su mentor. “Alrededor de AFF existe un círculo de fervientes defensores que, con la pierna en alto, se pasean despotricando ya sea del gobierno, del Poder Judicial o del periodismo. En ese grupo destacan el abogado Rolando Sousa y el publicista Carlos Raffo. Sin pasado político alguno, son la nueva sangre de un movimiento que jugará sus últimas cartas de supervivencia en los tribunales” (Domingo, La Revista de La República, 30 de setiembre, 2007).

Así mismo, la dirigencia fujimorista carece de autocrítica. Por el contrario, endiosan al ex-dictador y asumen que el decenio 1990-2000 en que él gobernó fue un período de pacificación, bonanza y de progreso para el país (38), por lo cual se le debe rendir pleitesía. Valoran como ingrato e infame a todo aquel que discrepe de este dislate.

Fujimorización
La cúpula fujimorista usa toda suerte de artimañas para politizar la agenda política nacional. Así, pretenden mantener en la cresta de la ola mediática el proceso judicial contra su caudillo, al que consideran intocable santón. Del mismo modo, intentan polarizar el país. Según ellos, o estás con Fujimori o estás contra Fujimori; no queda otra alternativa. Por este motivo, Luis Gonzales Posada, presidente del Congreso de la República invocó a no fujimorizar la agenda política nacional. La misma petición hizo el ex-presidente Alejandro Toledo Manrique y otros miembros de la clase política nacional. El Perú tiene otras prioridades mediatas e inmediatas que merecen ser atendidas.

Guerra Psicológica
Sus familiares más cercanos y allegados más íntimos constituyen una cerril cúpula cuasi familiar, consagrada a la cruzada de salvar a su líder de una segura condena judicial. Para ello, comenzaron a instrumentar una serie de manifestaciones con impacto mediático para intimidar a las autoridades judiciales y socavar la moral de las autoridades gubernamentales.

El hijo menor del autócrata, Kenyi Fujimori, en un raleado mitin en Pichanaki, provincia de Chanchamayo, Junín, abrió una guerra verbal contra la clase política y el gobierno. Dijo: “Mi padre está siendo acusado por violación a los derechos humanos. Y, eso amigos, no lo vamos a permitir. Estoy totalmente indignado, siento rabia. Yo les aseguro a los del gobierno, caviares, terroristas que nosotros el pueblo nos vamos a levantar”. Esta monserga fue repetida sin eco alguno en diferentes manifestaciones públicas huérfanas de apoyo popular.

Asimismo, los fujimoristas usan portátiles (grupo de personas contratadas) para hacer creer que tienen apoyo popular. Se desplazan en ómnibus pagados, portan banderolas y utilizan la grita como único argumento. Se pintan la cara de color naranja, por lo que se les conoce como los “cara pintada”. Los mueve intereses mezquinos y la desesperación.
Al inicio del proceso judicial vociferaban en plazas y calles, promoviendo escándalos y enfrentamientos adrede con las fuerzas del orden, en busca de víctimas fabricadas y de este modo presentarse como víctimas de violación de sus derechos humanos.

Sabotaje
Con estrategia castrense, el fujimorismo moviliza unas 200 personas asalariadas alrededor de la sede del megaproceso judicial (DIROES). Este grupo regimentado utiliza polos y pintas de color naranja, se pinta la cara de color naranja, perifonea, insulta y agrede a los abogados contrarios en el proceso, obstruyen el paso de vehículos que transportan a los testigos a las audiencias, a los familiares de las víctimas, a los miembros de la Coordinadora de Derechos Humanos y a los periodistas y reporteros destacados por los medios. El fujimorismo usa como base de operaciones sendos locales alquilados o terrenos baldíos tomados y cercados ubicados en las inmediaciones de la zona para depósito de sus banderolas y pancartas. En otro lote alquilado han instalado computadoras e improvisaron un comedor. También alquilaron un establecimiento comercial desde cuyas instalaciones superiores perifonean insultos y colgaron banderolas. En sus pintas y banderolas expresan: “Fujimori es inocente”; “Fujimori libertad”; “Prensa amarilla, cachorra de caviares” y gritan a los familiares de las víctimas con expresiones como “terroristas, terrucas”.

En el momento que se dio inicio al megajuicio, un grupo de 70 manifestantes intentaron impedir por la fuerza el paso del ómnibus de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, que transportaba a 48 personas entre familiares de las víctimas, observadores nacionales y extranjeros, abogados y comunicadores sociales. El coordinador de dicha delegación bajó para solicitar el apoyo de la policía y fue agredido en forma brutal por un grupo de 14 manifestantes. La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos denunció que la portátil fujimorista insulta y agrade sin ningún control policial a los integrantes de la parte contraria, especialmente en las horas de receso y cierre de sesiones. Demandaron mayor energía de la policía. El jefe de esta portátil es el comando “Chavín de Huántar”, coronel (r) Pedro Rejas Tataje, secundado por Kenji Fujimori Higuchi; Ambos, ejecutivos principales de la desconocida empresa de seguridad Mak Force SAC. Los objetivos de este complot son: retardar al máximo el avance del proceso y tornarlo imposible, merced a las inagotables interferencias. También buscan crear un clima de amedrentamiento y violencia focalizada en los alrededores de la Sede de la DIROES.


Privilegios
La bancada fujimorista en el Congreso de la República, liderada por su hija Keiko Sofía presionó intensamente a las autoridades penales y políticas para lograr los máximos beneficios, privilegios y gollerías para el extraditado. Ella insistía en que su padre debería ser “juzgado con orden de comparecencia”; es decir, en libertad; y que en última instancia se le podría aplicar el arresto domiciliario. En todo caso, con desmesura y prepotencia exigían una especie de “cárcel dorada” para el prisionero. Finalmente, el ex-dictador ocupa un área de reclusión de 190 metros cuadrados dentro de la DIROES, en condiciones austeras y dignas.

V. Post Extradición

Impacto Mediático
La prensa internacional cubrió ampliamente el tema Fujimori. Newsweek, comentó que “Los granujas podrán huir, pero ahora ya no por mucho tiempo”. Por su lado, The Economist, refirió: “Fujimori asegura que no sabía nada de lo que hacía su jefe de espionaje. Montesinos, quien afronta varios juicios y ha sido sentenciado hasta 20 años de prisión, será una figura clave en los procesos judiciales. El ex-jefe de inteligencia y varios oficiales del ejército afrontan también juicios por las acciones del grupo Colina”. En este sentido, la justicia peruana se encuentra en el ojo de la tormenta en el escenario internacional. Por su lado, la prensa nacional también desplegó amplia cobertura del fenómeno fujimorista, copando plenamente la atención de la opinión pública.

Orfandad
El pueblo viene dando la espalda a la desesperada cruzada fujimorista de lograr un masivo apoyo popular en favor del autócrata con el vano propósito de frenar la acción de la justicia. Con entusiasmo y estridencia Keiko Sofía afirmó que unos 20,000 fujimoristas irían a recibir a su padre al aeropuerto, cuando retornó extraditado de Chile. Sin embargo, acudieron apenas unas 300 personas regimentadas. Más parecía una portátil que una manifestación popular espontánea. De igual manera, las manifestaciones públicas iniciadas por Kenyi Fujimori en el interior del país, para luego expandir la soñada ola de protestas a la capital de la República, acabó en el más estruendoso fracaso. Las contramanifestaciones apagaron aquella desesperada aventura populista. Fujimori y su cúpula están solos. La soledad duele, debilita y extingue. Es el fin del autoritarismo fujimorista.

Suspicacia
Hay una comprensible desconfianza. La opinión pública se pregunta si acaso fue casual la abstención de la bancada fujimorista que salvó al Ministro del Interior, Luis Alva Castro de la censura en el Congreso, por el tema del fracaso en la adquisición de patrulleros y municiones para la Policía Nacional. Los temas de trasfondo siempre rigen las decisiones en las cuales se juegan oscuros intereses organizados. En todo caso es iluso imaginar una abstención espontánea de dicha banca congresal en la actual coyuntura política. Indudablemente, que el enigma se aclarará con el tiempo.

Por su lado el Canal 7 de Televisión del Estado no trasmite el megajuicio y se dedica a difundir los coloquios apristas desde la Casa del Pueblo u otros contenidos poco trascendentes. De este modo se priva al pueblo de la información pertinente en relación a esta especie de Nüremberg peruano. Sin conciencia social plena, no hay desarrollo ni peruanidad.

Megajuicio
El lunes 10 de diciembre, a las 10 am se inició el megajuicio a Fujimori. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema que lo juzga está integrada por los vocales César San Martín Castro, presidente; Víctor Prado Saldarriaga y Hugo Príncipe Trujillo.

Al inicio, el Fiscal Supremo José Antonio Pelaez Bardales, solicitó la pena de 30 años de prisión por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro; así como el pago de 100 millones de soles por considerarlo autor mediato en su condición de Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y haber pernoctado y convivido junto a VMT en el SIN, instalaciones militares donde operaba el comando Colina. Según el Fiscal Peláez, AFF autorizó y encubrió la matanza de 25 personas, en Barrios Altos (03/10/1991) y la Cantuta (18/07/1992), cometida por el escuadrón Colina. También sustentó que cuando la prensa identificó a los autores, los encubrió con juicios simulados en la justicia militar y posteriormente los amnistió.

Ante la inicial actitud desaforada de AFF al conocer los cargos que se le imputaba, el juez César San Martín, presidente de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema tuvo que conminarlo así: “Acusado Fujimori, aquí mando yo. Tiene usted que respetar las directivas del tribunal”. AFF acabó gritando: “Rechazo los cargos. Soy inocente”. Tras vociferar a voz en cuello su histriónica perorata acerca de su supuesta inocencia sufrió una crisis hipertensiva (190/100 mmHg) que obligó a suspender la sesión por prescripción médica. Sus familiares que habían aplaudido el discurso fueron llamados al orden por el Juez San Martín, quien les amenazó con el desalojo. La seguridad del inicio del proceso estuvo a cargo de 378 policías. La primera audiencia del juicio fue cubierta por 220 periodistas nacionales y extranjeros. Una exaltada portátil fujimorista y trabajadores de la CGTP provocaron conatos de violencia entre ellos, en los exteriores de la Sala.

Posteriormente, el Fiscal Peláez Bardales, precisó: “Las declaraciones de los ex-agentes de inteligencia interrogados ante la Sala Penal Especial Suprema nos permite acercarnos a la meta y pronto superar la barrera que se impuso la fiscalía: demostrar que el acusado Alberto Fujimori estaba a la cabeza del grupo Colina”. “Allí está la felicitación y el ascenso de Martin Rivas, la Ley de amnistía, el dinero para silenciarlos y el juicio ficticio” (La República, 2 de febrero del 2008).

De igual manera, el ex–presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Carlos Ayala, expresó que hay varias evidencias que prueban la responsabilidad de AFF, como las facilidades que los miembros del grupo Colina tuvieron para actuar, los ascensos a los militares implicados y la impunidad que les garantizó las leyes de amnistía, entre otros hechos (La República, 3 de febrero del 2008).

Estrategia Defensiva
Presentado como eficiente pacificador, la defensa legal de AFF ha optado por lo único que le queda ante el aluvión de evidencias en su contra; apelar a la estrategia del interés supremo y el mal menor, y a la estrategia de la duda razonable. Fluctúa entre ambas estrategias en espera de fallas en los fiscales y jueces que lo juzgan (Gorriti, Caretas, 20/12/2007). Amén de las consabidas tinterilladas, triquiñuelas, argucias legales y ausencias recurrentes de los abogados defensores o del acusado a las audiencias, con el propósito de dilatar el proceso.

Según la estrategia legal de AFF, para que la teoría del dominio de hecho o autoría mediata se aplique deberá probarse que él actuó de forma dolosa, que conoció las circunstancias de los hechos punibles y que tuvo poder de decisión sobre la realización de los hechos (Caretas, 31 de enero del 2008). Pero cada vez se conocen más detalles sobre el encubrimiento con el que Fujimori protegía a los miembros del grupo Colina. Ello estrecha el cerco de la teoría del dominio de hecho o autoría mediata, sobre lo que se basó la Corte Suprema de Chile para proceder a su extradición. (Caretas, 31 de enero del 2008).

La estrategia de la defensa de AFF se sustenta en tres argumentos básicos: 1) Que desconocía la conformación del grupo Colina, 2) Que no tuvo una política de guerra de baja intensidad, y 3) Que él no dio ninguna orden de eliminación selectiva. Mas los testimonios de los agentes Colina y los hechos que se van descubriendo durante el proceso judicial derrumban estas falacias.

Primera Sentencia
El martes 11 de diciembre, AFF fue condenado a 6 años de prisión, 2 años de inhabilitación para ejercer cargo público y el pago de 400 mil soles de reparación civil, por el caso del allanamiento (7 de noviembre del 2000) a la casa de Trinidad Becerra, esposa de Vladimiro Montesinos. Para ello utilizó al Comandante EP Manuel Ulises Ubillus Tolentino como falso fiscal. Entonces retiró alrededor de 50 maletas y 70 cajas que contenían videos, material bibliográfico y joyas; para lo cual falsificó una “orden judicial” de allanamiento. Según la sentencia, AFF cometió delito “como inductor del delito de usurpación de funciones en agravio del Estado” cuando ocupaba el cargo de Presidente de la República. El veredicto fue dictado por el Vocal Instructor Dr. Pedro Guillermo Urbina Ganvini, quien desechó la confesión sincera invocada por el reo, por extemporánea e innecesaria. De inmediato AFF apeló dicha sentencia ante la Corte Suprema de Justicia. Es la primera condena que recibe. El entorno fujimorista denunció persecución política de su líder.

VI. Análisis

El megaproceso contra AFF permitirá:

• Demostrar que VMT tuvo el rol de Nº 2 en el gobierno, después de AFF, quien en base a su opinión designó Ministros y jefes militares.
• Desentrañar el cogobierno de AFF, VM T y Nicolás De Bari Hermoza Ríos en las FFAA y en el SIN.
• Que AFF sea sentenciado solamente mediante pruebas de referencia o de contexto, más no con pruebas directas; puesto que en este tipo de delitos, los autores no dejan huellas.
• Reivindicar históricamente al Poder Judicial, percibido socialmente de estar corroído por la corrupción
• Demostrar la autonomía del Poder Judicial, cuyas sentencias se sustenten únicamente en la norma legal, los hechos, las pruebas y el criterio de conciencia de los jueces
• Evaluar el grado de madurez o inmadurez de la democracia peruana
• Valorar con objetividad el rolde la prensa independiente en la cobertura del megajuicio, en la fifusión de información idónea, orientar y crear conciencia en la opinión pública, con imparcialidad.
• Tomar conciencia de que la inveterada costumbre del electorado nacional de optar por el menos malo de los candidatos y no por el mejor preparado, ha propiciado el surgimiento de los outsider en la política peruana, con grave perjuicio para el país.

VII. Conclusión

Por centurias, el pueblo peruano ha padecido, primariamente, de abrumadoras necesidades insatisfechas y nula visión de futuro, como consecuencia del funesto centralismo, de los gobiernos inoperantes y del cáncer de la corrupción metastásica, lo cual ha generado desesperanza masiva en la población, que en estas condiciones es presa fácil del mesianismo autoritario, de la demagogia y de los denominados outsider, que se presentan como sumos hacedores providenciales. Y, cuando el pueblo constata el engaño, cunde la frustración y aflora la rabia, dando pie a irracionales respuestas fundamentalistas, cebadas por agentes subversivos que sólo buscan “incendiar la pradera”, con secuelas de genocidio, oscurantismo y grave regresión social.

El dueto AFF-VMT y su cúpula manipularon a discreción el inconsciente colectivo, la conciencia social y el imaginario popular en beneficio de sus intereses ocultos. Se aprovecharon del bajo nivel educativo de la población, principalmente, de los ancestralmente excluidos. En su vesania utilizaron toda suerte de estrategias maquiavélicas, principalmente, operativos psicosociales montados sistemáticamente, manipulación mediática y represión cruenta de todo asomo de oposición.

AFF, Es el primer presidente de la historia peruana sometido a juicio y el segundo en el continente sudamericano después de Pinochet.

Según el escritor Mario Vargas Llosa, éste “es un juicio importante y justo. Es la primera vez que en estos tiempos, en nuestro continente, en un Estado democrático, se juzga a un dictador”, manifestó a la prensa.

Al respecto, el ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Carlos Ayala, señaló que el juicio que se está siguiendo para determinar la responsabilidad individual del ex presidente AFF en delitos de lesa humanidad, es un hecho histórico para el Perú y el mundo entero. Dijo también que no es común que se haya logrado procesar a un jefe de Estado después de tantos años de lucha. Reconoció el importante rol que han tenido los familiares de las víctimas de la violación de derechos humanos, los organismos de derechos humanos acusados de defender a terroristas, y la justicia internacional (La República, 3 de febrero del 2008).

Así, el megajuicio ha creado enorme expectativa en la opinión pública nacional e internacional; así como en el escenario político, mediático y judicial. Los temas de fondo son el respeto de los derechos humanos, el fin de la impunidad de los dictadores y la institucionalización de la democracia en el Perú.

El poder mediático está jugando un rol invalorable en el desentrañamiento de este soterrado nudo gordiano, el cual, por su naturaleza e implicancias en la vida nacional presente y futura merece ser conocido en toda su extensión y profundidad. Sin el concurso decidido de la prensa nacional e internacional, la opinión pública nunca hubiera conocido todas las atrocidades y bestialidad genocida cometidas a la sombra durante la década dantesca del fujimorato.

Corresponde al Poder Judicial cortar por lo sano esta situación disfuncional que se presenta en la sociedad peruana. Una sentencia sujeta al debido proceso; es decir ajustada rigurosamente a la ley, a los hechos y a las pruebas concretas tendrá un efecto terapéutico en la menoscabada autoestima y en la conciencia nacional, tan necesitada de justicia y de reivindicación democrática, históricamente postergada. Es una oportunidad que los peruanos no pueden desaprovechar. Los jueces del Perú tienen la palabra. Pues, en ellos confía la sociedad peruana y la opinión pública internacional. Un desenlace de esta naturaleza afianzará, sin duda alguna, la autoestima, la peruanidad y los valores democráticos. Previsiblemente, una condena justa a AFF servirá de camisa de fuerza para los futuros aventureros del zarpazo dictatorial.


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San Isidro, 12 de Febrero, 2008